La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con
fuerza de
L E Y :
Artículo 1°.- Establécese la "MARCA TUCUMAN" como Marca
Oficial de la Provincia, en procura de la homogeneización de
la imagen provincial para posicionarla en el contexto
regional, nacional e internacional, cuyo signo oficial será
el isologotipo que como Anexo Unico forma parte integrante
de la presente Ley, a fin de constituir un sello de calidad
e instrumento estratégico para agregar valor y
competitividad a la producción local, el turismo y el
patrimonio cultural de la Provincia, movilizando el orgullo
e identificación de los tucumanos.
Art. 2°.- Dispónese que a partir del 1 de Enero de 2017,
toda la papelería, publicaciones, folletería y sitios web
oficiales, así como cartelería y avisos institucionales,
comunicaciones impresas y audiovisuales oficiales de los
organismos de la Administración Pública Provincial,
Centralizada, Descentralizada y Entes Autárquicos y del
Poder Legislativo deberán llevar el isologotipo Marca
Tucumán.
Art. 3°.- Conforme lo establecido en la Ley N° 7594 el
Instituto de Desarrollo Productivo (IDEP), será la Autoridad
de Aplicación de la presente Ley.
Art. 4°.- Créase el Consejo Asesor de la Marca Tucumán el
que estará integrado por representantes ad honórem de los
sectores productivo, cultural y turístico de la Provincia
con el objetivo de generar un ámbito de discusión
multidisciplinario público-privado para coadyuvar a la tarea
del IDEP de administrar la Marca Tucumán. Su reglamento de
funcionamiento será dictado por el IDEP.
Art. 5°.- La utilización de la Marca Tucumán deberá
ajustarse a los requisitos y condiciones que se estipulen en
el Manual de Aplicación que dictará al efecto el IDEP.
Art. 6°.- Prohíbese el uso de la Marca Tucumán con fines
religiosos, campañas políticas y cualquier otro uso sin
licencia previa otorgada por el IDEP.
Art. 7°.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a los veintiocho días del mes
de diciembre del año dos mil dieciséis.