La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con
fuerza de
LEY:
Artículo 1°.- Créase el Programa de Impulso y Fomento a
empresas o asociaciones de empresas de base tecnológica,
programa que será controlado y conducido por el Instituto de
Desarrollo Productivo (IDEP).
Art. 2°.- Se denominan Empresas de Base Tecnológica
(EBTs) a aquellas empresas que, reguladas por el Código
Civil y Comercial de la Nación y por la Ley de Sociedades
Comerciales N° 19.550 y modificatorias, tienen por objeto y
basan su actividad en la aplicación de nuevos
descubrimientos científicos o tecnológicos para la
generación de nuevos productos, procesos o servicios, o que
mejoran sustancialmente los existentes.
Se denomina coworking o cotrabajo a aquella forma de
trabajo que permite a personas físicas compartir un mismo
espacio laboral, tanto físico como virtual, para desarrollar
sus proyectos de manera independiente, a la vez que
fomentan proyectos conjuntos.
Se denomina Tecnología de la Información (TI) al conjunto
de conocimientos, herramientas y soluciones tecnológicas
que permiten ordenar, optimizar y potenciar los procesos de
información y comunicación, tales como plataformas,
ordenadores, televisión digital, correo electrónico,
software, sitios web, servidores y otros que almacenen,
recuperen, manipulen, transmitan o reciban información en
forma digital.
Art. 3°.- Las Empresas de Base Tecnológica, que con sus
actividades creen nuevos puestos de trabajo, podrán acceder
a los beneficios fiscales contenidos en la Ley N° 9629
(Régimen Provincial de Promoción de la Economía del
Conocimiento de Tucumán) con idénticas exigencias y
obligaciones en todo aquello que por sus actividades les
correspondiere.
Art. 4°.- El Programa creado en el Artículo 1° consiste
en:
a.- Promover y potenciar las empresas o asociaciones de
empresas de base tecnológica, sean personas físicas o
jurídicas, que se encuentren radicadas o se radiquen en
la Provincia de Tucumán y que mediante el diseño,
desarrollo, elaboración, mantenimiento y actualización de
sus actividades creen nuevos puestos de trabajo e
incrementen la producción.
b.- Desarrollar espacios de coworking para fomentar y
facilitar la colaboración, interacción e intercambio de
ideas entre los diferentes emprendedores, ofreciendo
áreas comunes, salas de reuniones, zonas para eventos,
etc.
c.- Facilitar el acceso a la infraestructura de
Tecnología de la Información (TI) como herramienta
estratégica para poder desplegar ideas y proyectos.
d.- Informar a las empresas de base tecnológica acerca de
los trámites para acceder a los beneficios fiscales
enunciados en la Ley N° 9629.
Art. 5°.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a los veintiséis días del mes
de setiembre del año dos mil veinticuatro.