La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con
fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Facúltase al Poder Ejecutivo, a través del
Ministerio de Economía, a firmar en representación del Supe-
rior Gobierno de la Provincia de Tucumán con el Banco del
Tucumán S.A., la Addenda al Contrato de prestación de servi-
cios de fecha 08/07/1996, que fuera aprobada por Decreto Nº
1226/3 (MP)-96 y sus modificatorias, de fecha 15 de agosto
de 2001, Decreto Nº 2015/3 ME-2001 y Acuerdo de fecha
06/10/2008 aprobado por Ley Nº 8124 del 23/10/2008 que, como
Anexo, forma parte de la presente Ley, suscripto el convenio
en idénticos términos a los consignados en el Anexo, el mis-
mo se considerará aprobado, quedando exento del pago del Im-
puesto de Sellos.
Art. 2º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a los treinta días del mes de
junio del año dos mil diez.