• Detalle de Ley

    Ley N°: 6442
    Tipo: GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: TRIBUTARIO
    Sancionada: 18/03/1993
    Promulgada: 15/04/1993
    Publicada: 26/04/1993
    Boletin Of. N°: 23003

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       La Legislatura  de la Provincia de Tucumán, sanciona  con
    fuerza de
    
                                L E Y :
    
       Artículo 1º.- Modifícase la ley nº 5.121 (Código Tributa-
    rio Provincial) y sus modificatorias en la forma que a  con-
    tinuación se indica:
    
             I) En el artículo 208:
                a)Derogar el segundo párrafo del inciso e).
                b)Incorporar como inciso r), el siguiente:
                  "r)Las operaciones de intermediación  respecto
                     de obligaciones  negociables  reguladas por
                     la ley nacional Nº 23.576 y sus modificato-
                     rias, de bonos y demás títulos valores."
    
            II) Sustituir el artículo 245, por el siguiente:
                "Art. 245.- En los contratos de locación de ser-
                 vicios que no fijen plazos, se tendrá como mon-
                 to total de los mismos el importe de 2 (dos) a-
                 ños de retribución, sin perjuicio de la devolu-
                 ción pertinente en caso de que el contrato fue-
                 re por un término menor.
                 Si establecieran cláusulas con plazo de renova-
                 ción  automática o  tácita, el  monto imponible
                 será igual a 5 (cinco)años de locación sin per-
                 juicio de la devolución pertinente si no se hi-
                 ciera uso de la opción."
    
           III) En el  artículo  257, incorporar los  siguientes
                incisos:
                "34) Los cheques.
                 35) Las garantías reales y/o personales consti-
                     tuídas para  garantizar operaciones de cré-
                     dito.
                 36) Las garantías constituídas  sobre contratos
                     de locación de vivienda familiar. Se exclu-
                     yen las  distinadas a recreación o esparci-
                     miento.
                 37) Los  actos, contratos  y operaciones inclu-
                     yendo entrega o  recepciones de dinero, re-
                     lacionados a la emisión, suscripción, colo-
                     cación y  transferencia de las obligaciones
                     negociables previstas en la ley nacional nº
                     23.576  y sus  modificatorias que tengan o-
                     ferta pública  autorizada  por la  Comisión
                     Nacional  de Valores. Esta exención alcanza
                     además a todo tipo de  garantías personales
                     o reales constituídas a favor de los inver-
                     sores o de terceros que garanticen la  emi-
                     sión.
                     También están exentos los aumentos de capi-
                     tal que correspondan  por las emisiones  de
                     acciones a  entregar por conversión  de las
                     obligaciones negociables.
                 38) Los instrumentos de  garantía de  planes de
                     facilidades  de  pago  por  deudas tributa-
                     rias."
    
       Art. 2º.- Modifícase la ley nº 5.636  (Ley Impositiva)  y
    sus modificatorias en la forma que a continuación se indica:
       Sustituir el inciso 1 del artículo 14, por el siguiente:
    
       "1.- Operaciones bancarias:
            a) Por las operaciones establecidas en  el  artículo
               249 del Código Tributario: 10%. (diez por mil).
            b) Giros y  transferencias  bancarias: 2%. (dos  por
               mil)."
    
       Art. 3º.- La  presente ley  tendrá vigencia a partir  del
    día siguiente al de su publicación.
    
       Art. 4º.- Comuníquese.
    
       Dada en la Sala de Sesiones de la  Honorable  Legislatura
    de la Provincia de Tucumán, a los dieciocho días del mes  de
    marzo de mil novecientos noventa y tres.
    

  • Relaciones

    Modifica a Ley 5121
    Modifica a Ley 5636
    Caducada por Ley 8240

  • Resumen

    MODIFICA LAS LEYES Nº 5121 -CODIGO TRIBUTARIO- Y 5636 -LEY IMPOSITIVA-.

  • Observaciones

    CONSOLIDADA CON LEY Nº 5121.