* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Derógase la Ley nº 5.063.
Art. 2º.- Restitúyese la plena vigencia de la Ley nº
3.126 que regula el transporte de cargas en la Provincia,
sustituyendo en los artículos que corresponda las palabras
"Inspección del Transporte Automotor" por "Dirección General
de Autotransporte".
Art. 3º.- Comuníquese.
Dada en la sala de sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a los treinta días del mes de
Junio de mil novecientos ochenta y seis.