* CONSOLIDADA *
Artículo 1º.- Fíjanse las jurisdicciones comunales de la
forma que a continuación se indica y en los Departamentos
que en cada caso se específica:
Departamento Trancas
1. Comuna Rural de San Pedro de Colalao.
Norte: Con la provincia de Salta.
Sur: Desde las cumbres de Santa Bárbara, al oeste, a la
altura del Mojón de Caspichango, en línea recta, hacia el
este, hasta las cumbres del Cerro Alto Las Queñuas,
continuando por éstas hasta la confluencia del río Basurdo,
con el río Chuscha, siguiendo por las cumbres de los cerros,
hasta la propiedad de Camilo Isa, desde allí por el lindero
sur de la Estancia El Molino, quedando ésta dentro de la
jurisdicción.
Este: Por el límite oeste de la jurisdicción de Trancas,
desde la provincia de Salta, al norte, hasta el lindero sur
de la propiedad de la Estancia El Molino.
Oeste: Con la provincia de Salta.
2. Comuna Rural de Choromoro.
Norte: Con el límite sur de la comuna de San Pedro de
Colalao, desde las cumbres Calchaquíes, a la altura de la
Cuesta de Gonzalo, al oeste, hasta el río Chuscha y desde
allí, con el límite sur del municipio de Trancas, hasta las
cumbres de Medina, al este.
Sur: Desde las cumbres Calchaquíes, al oeste, por el río
Pajonal, río de Las Cañas, río Vipos hasta la confluencia de
éste con el río Salí, y desde allí en línea recta entre el
"Alto de las Salinas" propiedad de la Compañía Azucarera
Wenceslao Posse y Las juntas hasta los cerros de Medina (Las
juntas queda fuera de la jurisdicción).
Este: Por los cerros de Medina, que es el límite con el
Departamento de Burruyacú.
Oeste: Por las cumbres Calchaquíes, que es el límite con
Tafí del Valle.
3. Comuna Rural de Tapia
Norte: Con el río Vipos, desde la confluencia con el río
Rana, al oeste, hasta su desembocadura en el río Salí.
Sur: Con las cumbres de Cabra Horco, desde el río Rana,
continuando desde su nacimiento, por el río Planchones y el
río Tapia, hasta su desembocadura en el río Salí.
Este: Con el río Salí.
Oeste: Con el río Rana.
Departamento Tafí del Valle
1. Comuna Rural de Colalao del Valle
Norte: Por el límite con la provincia de Salta, desde las
Sierras del Cajón hasta el río Santa María.
Este: Por el río Santa María, desde el límite con la pro-
vincia de Salta hasta el límite con la provincia de Catama-
rca.
Sur: Por el límite con la provincia de Catamarca, desde
el río Santa María hasta el cerro San Francisco (Fuerte Que-
mado) en las Sierras del Cajón.
Oeste: Desde el límite con la provincia de Catamarca
(cerro San Francisco), por las cumbres del cerro El Cajón,
continuando por las cumbres del cerro Quilmes y, por éste,
hasta el límite con la provincia de Salta.
2. Comuna Rural de Amaicha del Valle
Norte: Por el límite con la provincia de Salta, desde el
río Santa María hasta la cuesta de Gonzalo (límite con Tran-
cas).
Este: Por las cumbres Calchaquíes, desde el límite con la
provincia de Salta hasta la intersección del cerro El Negri-
to con el cerro El Infiernillo.
Sur: Por el Cerro El Infiernillo, desde el Cerro El Ne-
grito hasta el nacimiento del arroyo de La Cañada y, aguas
abajo por este cauce, hasta la confluencia de río Corrales
y, desde este punto, por la línea que lo une con el naci-
miento del río de Los Colorados en el morro de Taruco y, por
el morro de Taruco, hasta el límite con la provincia de Ca-
tamarca; luego hacia el oeste por el límite interprovincial
con Catamarca hasta el lecho del río Santa María.
Oeste: Por el río Santa María, desde el límite con la
provincia de Catamarca hasta el límite con la provincia de
Salta.
3. Comuna Rural de El Mollar
Norte: Por el río Muñoz desde su nacimiento en las cum-
bres del Aconquija hacia el este hasta su intersección con
la ruta provincial Nº 325 y, por la traza de la ruta, hacia
el norte hasta el encuentro con el zanjón de La Banda y, por
el zanjón hacia el este hasta la cota inferior del cerro El
Pelao y, por esta, hacia el Sur hasta la intersección con la
proyección de la línea de sauces y pirca y, por esta direc-
ción, hacia el este, hasta interceptar la ruta provincial Nº
307 en el kilómetro 55,25 y, desde allí, por la traza de la
Ruta Provincial Nº 307 hacia el Norte hasta interceptar el
río Queñua Grande en el kilómetro 57,5 y, por éste, hacia el
este hasta las cumbres del Cerro Tafí.
Sur-Este: Por las cumbres del cerro Matadero, desde el
naciente del río Queñua Grande, continuando por las cumbres
del cerro Ñuñorco Grande y Ñuñorco Chico, hasta su encuentro
con el río de la Quebrada del Portugués y, por éste, aguas
abajo hasta su confluencia con el río Nevado.
Sur-Oeste: Por el río Nevado, desde su confluencia con el
río de la Quebrada del Portugués hasta el cerro de las Áni-
mas, límite con la provincia de Catamarca.
Oeste: Por el cerro de Las Ánimas, desde el nacimiento
del río Nevado hasta el nacimiento del río Molle (límite con
la provincia de Catamarca).
Departamento Burruyacú
1. Comuna Rural de El Puestito
Norte: provincia de Salta (hasta ruta Nº 304 al este y
hasta la cumbre del cerro El Campo al oeste).
Sur: comuna de Villa Benjamín Aráoz y municipalidad de
Burruyacú.
Este: ruta Nº 304 desde río Urueña hacia el sur y hasta
la municipalidad de Burruyacú.
Oeste: cumbre cerro El Campo.
2. Comuna Rural de Gobernador Garmendia
Norte: comuna 7 de Abril.
Sur: comuna de Piedrabuena.
Este: provincia de Santiago del Estero.
Oeste: ruta Nº304, desde la propiedad de María Lucena de
Uncos hasta los límites con la comuna de Villa Benjamín Ará-
oz.
3. Comuna Rural de El Naranjo y El Sunchal
Norte: desde las cumbres de Medina, por la línea que es
lindera de la propiedad de Gregorio García, que queda fuera
de la jurisdicción, y continuando por el río Medinas, hasta
el puente sobre la ruta provincial Nº305, a la altura de El
Mojón, y desde allí hacia el este en línea recta, hasta la
sierra de La Ramada (esta línea es divisoria de la propiedad
de Gregorio García, catastrada como C-182, al Norte y C-183
al Sur, quedando esta última dentro de la jurisdicción).
Sur: con el camino denominado El Ojo a Alta Gracia, desde
el río Calera, al oeste, hasta la propiedad de Adolfo Gar-
cía, al este, quedando la propiedad dentro de la jurisdic-
ción.
Este: con la Sierra de La Ramada, desde la línea diviso-
ria de la propiedad de G García, hasta la propiedad de Adol-
fo García.
Oeste: por las cumbres de Medina, río Loro, línea diviso-
ria de las propiedades de Vaira Hermanos y Eleodoro Flores,
este último fuera de la jurisdicción, arroyo Tranquitas y
Río Calera, hasta el camino de El Ojo a Alta Gracia.
4. Comuna Rural Villa Padre Monti
Norte: con la provincia de Salta.
Sur: desde las cumbres de Medina, al oeste, por la línea
que es lindera de la propiedad de Gregorio García, que queda
dentro de la jurisdicción continuando por el río Medina has-
ta el puente sobre la ruta provincial Nº305, a la altura de
El Mojón, y desde allí hacia el este, en línea recta hasta
la sierra de La Ramada (cerro del Potrerillo). Esta línea es
divisoria de la propiedad de Gregorio García, catastrada co-
mo C-182 y C-183, quedando la primera dentro de la jurisdic-
ción.
Este: por los cerros de El Campo, desde el río Urueña, al
norte, hasta el río Tajamar y desde allí por el mismo se
continúa por la línea que es divisoria de las propiedades de
herederos de César Fioretti y la comunidad de Hardoy y Apes-
tey, tomando luego las cumbres de las sierras de La Ramada,
para finalizar en el cerro del Potrerillo, al sur, a la al-
tura de El Mojón.
Oeste: con los cerros de Medina, desde el límite con la
provincia de Salta al norte, hasta el lindero sur de la pro-
piedad de Gregorio García, al sur.
5. Comuna Rural de El Chañar
Norte: por el camino de El Ojo a Valdéz pasando por Maco-
mitas, Alto del Jardín y Pozo Hondo, que quedan dentro de la
jurisdicción y desde el río Calera, al oeste, hasta la pro-
piedad de Francisco González, al este.
Sur: por el camino vecinal que es lindero sur de la pro-
piedad de Rosario A. de Frías y va a Boca del Tigre y desde
allí hacia el este por el camino que va a Finca Luisiana, A-
labama, continuando hacia el norte por los linderos este de
las propiedades de Miguel Critto y B de Critto, Benjamina L.
de Critto, Esteban Gruvich, siguiendo hacia el este por el
camino que es lindero Sur de Ana G. de Remonda de Viejo Bue-
no hasta el lindero este de dicha propiedad y que pertenece
a esta jurisdicción.
Este: por el camino vecinal que pasa por la propiedad de
Francisco González, y va de norte a sur hasta la propiedad
de José López que queda fuera de la jurisdicción.
Oeste: por el río Calera.
6. Comuna Rural de La Ramada y La Cruz
Norte: desde la sierra de La Ramada, al oeste, por la lí-
nea que es divisoria de las propiedades de Antonio López,
Mercedes Orquera, Vicente Posse con Zaira Terán de Robles
Mendilaharzu, T.A. de Zelaya y E. Avellaneda; estas últimas
pertenecen a la jurisdicción.
Sur: desde la sierra de La Ramada, al oeste, por el cami-
no de El Ojo a Valdéz hasta la propiedad de Francisco Gonzá-
lez que queda fuera de la jurisdicción, y desde allí hacia
el sur para coincidir con el límite de la comuna rural de
Los Pérez, quedando Monte Redondo, propiedad de Manuel Cos-
sio, dentro de la jurisdicción.
Este: de norte a sur, por la línea recta que es lindero
oeste de las propiedades de José Cortéz, Manuel Giménez y
empalma con el camino vecinal que siguiendo la misma direc-
ción, llega hasta el límite con la comuna rural de Los Pé-
rez, quedando Monte Redondo dentro de la jurisdicción. Las
propiedades de Cortéz y Giménez no pertenecen a la jurisdic-
ción.
Oeste: por las Sierras de La Ramada, desde la propiedad
de Antonio López, al norte, hasta el lugar denominado Maco-
mitas, al Sur, quedando ésta dentro de la jurisdicción.
7. Comuna Rural de Piedrabuena
Norte: por el camino, que partiendo desde el lindero nor-
te de la propiedad de M. Giménez al Oeste, pasa por Santa
Rosa, Tala Pozo, Finca Cristina y luego toma los linderos
sur de las propiedades de Carlos Cossio, Bonaria B. de Gue-
rineau y que, cruzando la ruta nacional Nº 34, llega al lí-
mite provincial con Santiago del Estero.
Sur: Con parte del límite norte de la comuna rural de Los
Pérez, límite norte de la comuna rural de Las Cejas y hasta
el límite con la provincia de Santiago del Estero.
Este: por el límite con la provincia de Santiago del Es-
tero.
Oeste: con el camino vecinal, que partiendo de la propie-
dad de M. Giménez, al norte, sigue la dirección sur y es
lindero este de las propiedades de Pedro Cossio y Manuel Co-
ssio, y llega hasta el límite con la comuna rural de Los Pé-
rez, quedando Puesto Virginia y Tuscal Redondo dentro de la
jurisdicción.
8. Comuna Rural 7 de Abril
Norte: con la provincia de Salta (desde ruta Nº 304 al o-
este hasta la provincia de Santiago del Estero al este).
Sur: propiedad de Miguel de la Rosa (ruta Nº 304)
siguiendo hacia el este por los límites de las propiedades
de Segundo Agüero, Lorenzo Díaz, Adolfo Ponce doblando hacia
el norte siguiendo los límites de la misma propiedad, luego
hacia el este por la propiedad de Laurencio Lobo hasta
empalmar con los límites de la comuna de Gobernador Garmen-
dia (anterior límite del municipio).
Este: provincia de Santiago del Estero.
Oeste: ruta Nº304 desde río Urueña hacia el sur hasta la
propiedad de María Lucena de Uncos.
9. Comuna Rural de Benjamín Aráoz y El Tajamar.
Norte: desde la cumbre Cerro El Campo(al oeste) siguiendo
los límites de la propiedad de Zavalía hasta los nuevos lí-
mites de la municipalidad.
Sur: comuna de La Ramada y La Cruz y comuna de Piedrabue-
na.
Este: comuna de Piedrabuena y Gobernador Garmendia.
Oeste: comuna de Padre Monti.
10. Comuna Rural de El Timbó.
Norte: desde las cumbres de Medina, por el río Loro aguas
arriba, hasta la línea que sirve de lindero entre las pro-
piedades de Vaira Hermanos y Eleodoro Flores, quedando esta
última en la jurisdicción, continuando luego por el arroyo
Tranquitas y concluyendo en la confluencia de éste en el río
Calera.
Sur-Este: por el río Calera, desde el arroyo Tranquitas,
hasta el río Salí.
Oeste: por el río Salí, desde el río Loro, hasta el río
Calera.
Departamento Tafí Viejo
1. Comuna Rural Los Nogales
Norte: con el arroyo El Cadillal desde la línea del Fe-
rrocarril General Manuel Belgrano (FCGMB), al oeste; hasta
el río Salí, al este.
Sur: desde la línea del FCGMB, por el camino que pasa por
las propiedades de Pedro Zarzosa a Juan Lazarte y desde allí
por la ruta provincial Nº 315, cruzando la ruta nacional Nº
9, hasta la propiedad de Segundo Pascual y por el lindero
este de la misma, hasta la propiedad de J. Pace y su desvío
hacia el norte hasta el camino vecinal que circunda el lugar
denominado "La Colonia", permaneciendo ésta dentro de la ju-
risdicción, y como lindero con las propiedades de Antonia
Dimarco de Calabró, Juan Carlos Díaz, Eduardo Gómez Omil y
María de Merino, entre otros (a las que se excluye de la ju-
risdicción), hasta la ruta provincial Nº 305 y por ésta ha-
cia el sur con el río Salí por el callejón al río.
Este: por el río Salí desde el arroyo El Cadillal al nor-
te, hacia El Callejón al Río, al sur.
Oeste: con la línea del FCGMB.
2. Comuna Rural de Raco
Norte: con la prolongación al sur del río Las Cañas, con-
tinuando por las cumbres de Los Planchones y el río Vipos, y
por éste, hasta las cumbres de San Javier.
Sur: con el río Las Juntas, desde el río La Manga al es-
te, continuando por el lindero oeste de la propiedad de he-
rederos de Tiburcio Padilla, arroyo Las Zanjas y el tramo de
la ruta provincial Nº 340, que corta la dirección del alam-
brado de la ciudad universitaria de la Universidad Nacional
de Tucumán (UNT), a la altura de las cumbres de San Javier.
Este: Por las cumbres de San Javier, desde el río Las Ti-
pas al norte, hasta el alambrado de la ciudad universitaria
de la UNT.
Oeste: Con el río La Manga, cumbres de Cabra Horco y la
prolongación sud del río Las Cañas, desde el río La Ciénaga
al sur, hasta las cumbres de Los Planchones, al norte.
3. Comuna Rural La Esperanza
Norte: Con el río Tapia, desde el cerro San Javier, hasta
el cruce con el FCGMB.
Sur: de oeste a este, con la línea que sirve de lindero
sur de las propiedades de: Sociedad Faustino Ripamonti, A-
lonzo Zamora, Pedro Rueda, Páez Belmonte, José García, Juan
Díaz, Felipe González, Vicente Castellano, G. S. Martínez.
Desde la cumbre del cerro San Javier hasta las vías del
F.C.G.M.B. (las propiedades pertenecen a la jurisdicción).
Este: las vías del FCGMB., desde el cruce del río Tapia,
al norte, hasta el lindero sur de la propiedad de S. Martí-
nez, al sur.
Oeste: las cumbres del cerro San Javier.
4. Comuna Rural de El Cadillal
Norte: desde la unión de los ríos Vipos y Salí al oeste,
por la línea que es divisoria de la propiedad de la Compañía
Azucarera Wenceslao Posse; hasta los cerros de Medinas, al
norte.
Sur: con las cumbres de los cerros de Medinas, que se
continúa de norte a sur por la franja de quinientos (500)
metros de ancho al este de las márgenes del río Loro y río
Salí, hasta el arroyo El Cadillal.
Oeste: con la línea del FCGMB desde el puente sobre el
río Tapia al norte, hasta el cruce del arroyo El Cadillal,
al sur.
5. Comuna Rural Anca Juli
Norte: con el límite sur del Departamento Trancas, desde
el cerro El Picaso, al oeste, hasta las cumbres de Los Plan-
chones, al este.
Sur: con el río La Ciénaga, desde el cerro El Remate al
oeste, hasta el río La Manga, al este.
Este: con las cumbres de Cabra Horco y la prolongación al
sur del río Las Cañas, desde las cumbres de Los Planchones
al norte, hasta el río La Ciénaga, al sur.
Oeste: con las cumbres Calchaquíes, desde el Cerro El Pi-
caso al norte, y el cerro El Remate al sur.
Departamento Cruz Alta
1. Comuna Rural de La Florida y Luisiana
Norte: por la proyección del camino vecinal interdeparta-
mental Boca del Tigre - La Marta, con orientación este - o-
este, desde el camino a Boca del Tigre hacia el este, hasta
la intersección con al ruta Nº 321 al oeste.
Este: por la ruta Nº 321 hacia el sur, desde el límite
interdepartamental que separa los departamentos de Cruz Alta
y Burruyacú, hasta su intersección con el camino que es lin-
dero sur del barrio La Milagrosa.
Sur: por la proyección del camino que es lindero sur del
barrio La Milagrosa (coincidente con la dirección de calle
San Martín de Alderetes), desde la ruta Nº 321 hacia el oes-
te hasta el camino a Boca del Tigre (lindero oeste del ce-
menterio de El Cochuchal).
Oeste: por el camino a Boca del Tigre hacia el norte,
desde la proyección de calle San Martín de Alderetes (que es
lindero sur del cementerio de El Cochuchal) hasta el cruce
con el camino que es el límite interdepartamental y que se-
para los departamentos de Cruz Alta y Burruyacú.
2. Comuna Rural de Los Pérez
Norte: por el camino vecinal a La Marta, que es lindero
norte de la escuela Nº 246, hacia el este, desde ruta Nº 321
hasta el camino interdepartamental La Marta - Pozo Hondo
(con orientación norte-sur), luego por éste hacia el norte
hasta el camino interdepartamental Los Pérez - Pozo Hondo
(con orientación este- oeste), luego hacia el este hasta la
ruta Nº 327, y por ésta hacia el sur hasta el camino de Los
Pérez (con orientación este - oeste), y por su proyección
hacia el este hasta interceptar el canal pluvial de San A-
gustín - Coromama (con orientación este - oeste), y por és-
te hasta el camino de San Agustín Este.
Este: por el camino de San Agustín Este, desde el canal
pluvial San Agustín - Coromama hacia el sur, hasta ruta Nº
303.
Sur: por ruta Nº 303, desde el camino de San Agustín Es-
te, hacia el oeste hasta la ruta Nº 327, luego por ésta ha-
cia el norte, hasta su intersección con la proyección al es-
te del camino que es lindero sur del barrio La Milagrosa, y
por esta proyección hasta la ruta Nº 321.
Oeste: por la ruta Nº 321 hacia el norte, desde el camino
que es lindero sur del barrio La Milagrosa hasta el camino
vecinal a La Marta, que es lindero norte de la Escuela Nº
246.
3. Comuna Rural de Las Cejas
Norte: por el canal pluvial de Coromama en sentido oeste
- este, desde el camino a San Agustín Este hasta el límite
interprovincial con Santiago del Estero.
Este: por el límite con la provincia de Santiago del Es-
tero. Desde el canal pluvial de Coromama al norte, por la
línea imaginaria con dirección aproximada norte-sur, que pa-
sa por la ruta Nº 303 a 8,542 kilómetros al sudeste (sobre
su traza) desde el cruce con la ruta Nº 345 (en el sector
urbano de Las Cejas); siguiendo desde allí 4,787 kilómetros
hacia el Oeste, y luego 6,107 kilómetros hacia el sur, hasta
interceptar la proyección del camino al Sinquial. En coinci-
dencia con el límite este de la Circunscripción I, Sección
L, Lámina 159 de la nomenclatura catastral del Departamento
Cruz Alta.
Sur: por el camino vecinal del Sinquial hacia el oeste,
desde el límite con Santiago del Estero hasta el camino ve-
cinal a Blanco Pozo (con orientación norte-sur), y por éste
4,275 kilómetros hacia el norte hasta el cruce con el camino
vecinal de Pereyra Norte (con orientación este-oeste), y por
éste hacia el oeste hasta la ruta Nº 327.
Oeste: por la ruta Nº 327 hacia el norte, desde su cruce
con el camino a Pereyra Norte, hasta la Ruta Nº 303, y por
ésta hacia el Este hasta el cruce con el camino a San Agus-
tín Este, luego por éste hacia el Norte, hasta el canal plu-
vial de Coromama, que es el límite interdepartamental de los
departamentos de Cruz Alta y Burruyacú.
4. Comuna Rural de Los Pereyra
Norte: Por el camino de Pereyra Norte, desde el camino
vecinal Estación Aráoz - Pereyra Norte (con orientación Nor-
te-Sur, ubicado a 3,5 kilómetros al Oeste de la Ruta Nº
327), hasta el camino a Blanco Pozo (con orientación Nor-
te-Sur ubicado a 5,500 kilómetros hacia el Este de la Ruta
Nº 327), y por el camino a Blanco Pozo hacia el Sur, reco-
rriendo 4,275 kilómetros hasta el cruce con el camino del
Sinquial (con orientación Este-Oeste), y por este último y
por su proyección hacia el Este hasta el límite interprovin-
cial con Santiago del Estero (se consideran 3,870 kilómetros
sobre el camino al Sinquial con dirección Este-Oeste desde
el camino a Blanco Pozo hasta su cambio de dirección y luego
4,920 kilómetros por su proyección manteniendo la dirección
este-oeste).
Este: por el límite con la provincia de Santiago del Es-
tero, que coincide con el límite este de la Circunscripción
I, Sección G, Lámina 66 de la nomenclatura catastral del De-
partamento Cruz Alta.
Sur: desde el límite interprovincial con Santiago del Es-
tero por el límite sur de la siguiente nomenclatura catas-
tral: Circunscripción II, Sección G, Cruz Alta; y por ésta
hacia el Este hasta su intersección con la Ruta Nº 302 y por
ésta 0,400 kilómetros hacia el Noroeste hasta el canal de
riego.
Oeste: Por el camino vecinal Estación Aráoz - Pereyra
Norte (paralelo al canal de riego), desde el cruce de la Ru-
ta Nº 302 y el canal de riego al Sur, hasta el empalme con
el camino vecinal de Pereyra Norte al Norte.
5. Comuna Rural Ranchillos y San Miguel
Norte: Por las vías del FCGBM, desde el cruce con las ví-
as del FCGMB hasta el camino que es lindero este de Estación
San Miguel (ubicado a 1,200 kilómetros de la Ruta Nº 348,
hacia el Sudeste, por la Ruta Nº 302) y por éste hacia el
Norte hasta empalmar el camino a los Pereyra (con orienta-
ción Este-Oeste) y por éste, hacia el Este, hasta el canal
de riego (zona Bello Horizonte).
Este: Por el canal de riego que corre de Norte a Sur,
desde el camino de Los Pereyra hasta la Ruta Nº 302.
Sur: Por el camino interdepartamental hacia el Oeste,
desde el canal de riego (pasando por la Ruta Nº 302) hasta
la Ruta Nº 320 y por ésta hacia el Norte hasta la Ruta Nº
302, y luego por ésta hasta el camino a El Puesto con orien-
tación Este-Oeste, y por éste hacia el Oeste hasta el Arroyo
Muerto.
Oeste: Por el Arroyo Muerto, desde el camino a El Puesto
hasta el cruce con la traza del ramal a Leales del FCGMB y
por ésta hasta el cruce con vías del FCGBM.
6. Comuna Rural de El Naranjito
Norte: Por el camino a El Puesto hacia el Este, desde el
Arroyo Muerto hasta la Ruta Nº 302, luego por ésta hasta la
Ruta Nº 320.
Este: Por la Ruta Provincial Nº 320 hacia el Sur, desde
su cruce con la Ruta Provincial Nº 302 hasta el camino in-
terdepartamental que separa los departamentos de Cruz Alta y
Leales.
Sur: Por el camino interdepartamental que separa los de-
partamentos de Cruz Alta y Leales, desde la Ruta Nº 320 has-
ta la calle Larga, luego por ésta hacia el Sur hasta la pro-
yección al Este de la Ruta Nº 348, y luego por ésta en sen-
tido Este - Oeste (en coincidencia con el límite interdepar-
tamental); hasta el cambio de dirección de la Ruta Nº 348
hacia el Norte, y desde allí al Oeste por el camino interde-
partamental con orientación Este - Oeste hasta el cruce con
el Arroyo Muerto.
Oeste: Por el Arroyo Muerto, desde el camino interdepar-
tamental que separa los departamentos de Cruz Alta y Leales,
hasta el camino a El Puesto.
7. Comuna Rural de El Bracho y El Cevilar
Nor-Oeste: Por la traza del ramal a Leales del FCGMB ha-
cia el norte, desde el camino interdepartamental que separa
los departamentos de Leales y Cruz Alta, hasta el Arroyo
Muerto.
Este: Por el Arroyo Muerto hacia el Sur, desde la traza
del ramal a Leales del FCGMB, hasta el camino interdeparta-
mental que separa los departamentos de Leales y Cruz Alta.
Sur: Por el camino interdepartamental que separa los de-
partamentos de Leales y Cruz Alta hacia el Oeste, desde el
Arroyo Muerto, pasando en este tramo por la Ruta Nacional Nº
9 entre los mojones de los Kilómetros 1.269 y 1.270, hasta
la traza del ramal a Leales del FCGMB.
8. Comuna Rural de Los Bulacio y Los Villagra
Norte: Por la proyección del camino a Finca Elisa hasta
la Ruta Nº 306 y desde allí, por el camino de Finca Elisa
hacia el Este, desde el eje del Río Salí hasta la traza del
ramal a Leales del FCGMB.
Este: Por la traza del ramal a Leales del FCGMB hacia el
Sur, desde su cruce con el camino a Finca Elisa hasta el ca-
mino interdepartamental que separa los departamentos de Cruz
Alta y Leales.
Sur: Por el camino interdepartamental que separa los de-
partamentos de Cruz Alta y Leales, desde la traza del ramal
a Leales del FCGMB hasta el Río Salí.
Oeste: Por el Río Salí, desde el camino interdepartamen-
tal que separa los departamentos de Cruz Alta y Leales, has-
ta la proyección del camino a Finca Elisa.
9. Comuna Rural de San Andrés
Norte: Por la calle Lola Mora (Villa Belgrano), desde el
Río Salí hasta la Ruta Nacional Nº9, luego por ésta hacia el
Sur hasta su cruce con las vías del FCGMB (zona de Estación
Pacará) y por ésta hacia el Este hasta su cruce con la traza
del ramal a Leales del FCGMB.
Este: Por la traza del ramal a Leales del FCGMB hacia el
Sur, desde el cruce con las vías del FCGMB (zona de Estación
Pacará) hasta el camino a Finca Elisa.
Sur: Por el camino a Finca Elisa, desde la traza del ra-
mal a Leales del FCGMB hasta el Río Salí.
Oeste: Por el Río Salí, desde la proyección del camino a
Finca Elisa al Sur, hasta la proyección de calle Lola Mora
al Norte.
10. Comuna Rural de Delfín Gallo
Norte: Por autopista al aeropuerto hacia el Este, desde
el cruce del camino a Boca del Tigre y Autopista al Oeste,
hasta el cementerio El Cochuchal, y luego por proyección de
calle San Martín de Alderetes (coincidente con el camino que
es lindero Sur del Barrio La Milagrosa) hacia el Este, hasta
su intersección con Ruta Nº 321.
Este: Por Ruta Nº 321 hacia el Sur, desde la proyección
de calle San Martín de Alderetes (coincidente con el camino
que es lindero Sur del Barrio La Milagrosa) hasta el cruce
con Ruta Nº 303.
Sur: Por Ruta Nº 303 hacia el Oeste, desde Ruta Nº 321
hasta las vías del FCGBM.
Oeste: Por las vías del FCGBM hacia el Norte, desde la
Ruta Nº 303 hasta su cruce con Avenida Alejandro Heredia, y
luego por el camino a Boca del Tigre hasta la autopista al
aeropuerto.
11. Comuna Rural de Los Ralos
Norte: Por el camino que es lindero Sur del Barrio La Mi-
lagrosa (al Norte del canal) desde Ruta Nº 321 al Oeste has-
ta la Ruta Nº 327 al Este.
Este: Por la Ruta Nº 327 desde la proyección del camino
que es lindero Sur del Barrio La Milagrosa hasta el camino
de Pereyra Norte, luego por éste hacia el Oeste hasta el ca-
mino Estación Aráoz - Pereyra Norte, y por éste hacia el Sur
hasta el canal de riego.
Sur: Por el canal de riego hacia el Oeste y luego hacia
el Norte, desde el camino Estación Aráoz-Pereyra Norte al
Este hasta el camino a Los Pereyra, y por éste hacia el Oes-
te hasta la Ruta Nº 321.
Oeste: Por la Ruta Nº 321 hacia el Norte, desde el camino
a Los Pereyra hasta el camino que es lindero Sur del Barrio
La Milagrosa, quedando la Villa Rescate en la jurisdicción
de la Comuna de Los Ralos.
12. Comuna Rural de Colombres
Norte: Por Ruta Nº 303 hacia el Este, desde las vías del
FCGBM hasta Ruta Nº 321.
Este: Por Ruta Nº 321 hacia el Sur, desde Ruta Nº 303
hasta el camino a Los Pereyra, quedando la Villa Rescate en
la jurisdicción de la Comuna de Los Ralos.
Sur: Por la proyección hacia el Oeste del camino a Los
Pereyra, desde Ruta Nº 321 hasta el camino vecinal que es
lindero Este de Estación San Miguel y por éste hacia el Sur
hasta las vías del FCGBM (a la altura de la Ruta Nº 302,
1.200 metros al Sureste de su empalme con la Ruta Nº 348),
luego por las vías del FCGBM hacia el Noroeste con las vías
del FCGMB
Oeste: Por las vías del FCGBM hacia el Norte, desde las
vías del FCGMB hasta Ruta Nº 303.
Departamento Lules
1. Comuna Rural de San Pablo y Villa Nougués
Norte: De Oeste a Este, desde la confluencia del Río Re-
mate, con el Río La Ciénaga, continuando por ésta y luego
por el Río de Las Juntas, tomando luego el lindero Norte de
la Finca Los Chamicos, de Nougués Hermanos, hasta la Ruta
Provincial Nº 338, continuando en la misma dirección y en
línea recta, hasta el Arroyo El Manantial, quedando Obanta,
Mundo Nuevo y Villa Nougués, dentro de la jurisdicción.
Sur: Desde las Altas Cumbres de Tafí (a la altura del ca-
mino de Herradura a Tafí del Valle), por las Cumbres Calcha-
quíes, pasando por el Abra de Tafí y la Peña Negra, hasta el
nacimiento del Río Colorado, continuando por el camino a Las
Malvinas, y su desvío a la altura de la Escuela Provincial
"Deán Salcedo", de Norte a Sur, hacia el Río Lules, y por
éste, hasta su confluencia con el Arroyo El Manantial.
Este: Por el Arroyo El Manantial.
Oeste: Por las Altas Cumbres de Tafí (camino de Herradura
a Tafí del Valle).
2. Comuna Rural de El Manantial
Norte: Desde la Ruta Provincial Nº 338 y la proyección de
calle La Rioja (prolongación de calle Las Lanzas) hasta su
encuentro con el canal Sur de Yerba Buena y por éste, cua-
trocientos cincuenta (450) metros hasta el cruce con un ca-
mino vecinal; por el eje de este camino hacia el Sur seis-
cientos setenta y cinco (675) metros y luego novecientos o-
chenta (980) metros hacia el Este hasta el cruce con la Ruta
Provincial Nº 339 (Avenida Solano Vera) y, por el eje de la
misma, hacia el Norte hasta interceptar nuevamente el camino
de sirga Sur del Canal Sur de Yerba Buena y, por éste, hasta
su intersección con el camino de Las Lanzas, siguiendo por
este camino hacia el Este hasta su encuentro con el Arroyo
El Manantial.
Sur: Con el límite Norte de la jurisdicción de la Comuna
Rural de San Pablo, a partir de la Ruta Provincial Nº 338,
al Oeste, hasta el Arroyo El Manantial al Este.
Este: Con Arroyo El Manantial.
Oeste: Con Ruta Provincial Nº 338.
3. Comuna Rural de San Felipe y Santa Bárbara
Norte: Desde el Arroyo El Manantial y la prolongación de
la Avenida Democracia, siguiendo luego el curso del Canal de
Desagüe Sur, hasta su desembocadura en el Río Salí.
Sur: El triángulo formado por la confluencia de los Ríos
Salí y Lules.
Este: Con el Río Salí desde la desembocadura del Canal
Sur y la desembocadura del Río Lules.
Oeste: Con el Arroyo El Manantial y el Río Lules.
Departamento Monteros
1. Comuna Rural de Río Seco
Norte: Desde el Arroyo Las Acheritas por la acequia de
Medina continuando en esa dirección y cruzando las vías del
FCGMB, hasta la ruta Nacional Nº 38, de allí por el camino
vecinal que va a la propiedad de Alberto Buffo, quedando és-
ta dentro de la jurisdicción.
Sur: Con el Río Seco desde el Arroyo Las Acheritas hasta
el lindero Este de la propiedad de Alberto Buffo.
Este: Con el lindero Oeste de la propiedad de Alberto Bu-
ffo.
Oeste: Con el Arroyo Las Acheritas desde la Acequia de
Medina al Norte, hasta el Río Seco al Sur.
2. Comuna Rural de Villa Quinteros
Norte: Desde el límite con la Provincia de Catamarca, por
el Río Nevado, Río de la Quebrada del Portugués, Río Pueblo
Viejo hasta la altura de la Colonia de Santa Marina, conti-
nuando luego por el camino vecinal que es lindero Sur de las
propiedades de J. I. Aráoz, A. Acosta, Vigos, Rodríguez y
Molina, cruzando la vía del FCGMB., sigue la dirección del
camino, hasta la Ruta Nacional Nº 38, continuando por ésta
al Sur hacia la intersección con el camino vecinal que es
lindero Sur de las propiedades Unitas Compañía Financiera
Argentina S.A. (camino a Huasa Pampa), y hasta el camino que
separa la propiedad "Buffo de Hael". Las propiedades mencio-
nadas quedan fuera de la jurisdicción comunal.
Sur: Con el límite Norte de la Comuna Rural de Río Seco.
Este: Con el camino vecinal que separa la propiedad de
Buffo de Hael, con las propiedades de Gerónima A. de Medina
y J. Duarte, estas últimas pertenecen a la jurisdicción.
Oeste: Con el límite de la Provincia de Catamarca.
3. Comuna Rural Los Sosa
Nor-Este: Con el lindero Norte de la propiedad de Eduardo
Alvarez y el Río de la Quebrada, desde su nacimiento hasta
la confluencia con el Río Mandolo.
Sur: Con el Río Mandolo desde el puente de la Ruta Pro-
vincial Nº 324, hasta el Río de la Quebrada.
Oeste: Con el límite Este de la Comuna Rural Soldado Mal-
donado.
4. Comuna Rural de Santa Lucía
Norte: Desde el nacimiento del Río de La Quebrada, por el
límite del Departamento de Famaillá, continuando por el lin-
dero Sur de la Compañía San Pablo hasta el Río Caspinchango
al Este.
Este: Por el Río Caspinchango y el límite Oeste de la Co-
muna Rural de Acheral (a la altura de la Escuela Nacional Nº
101).
Sur-Oeste: Desde el Río de La Quebrada y siguiendo el
curso de éste y luego por el Río Chuscha, hasta el camino
vecinal que cruza la Ruta Provincial Nº 307 a la altura del
kilómetro 3.200, que va desde el Río Chuscha al Sur, hasta
el Río Caspinchango al Norte, pasando por el lugar denomina-
do "La Ciénaga" y Alto Verde, que quedan en la Comuna Rural
de Acheral.
5. Comuna Rural de El Cercado
Norte: Con el Río Mandolo desde su unión con el Río de la
Ventana hasta la propiedad de María B. de Ferro, quedando
ésta fuera de la jurisdicción.
Sur: Con el Río del Pueblo Viejo, desde el lindero
Nor-Este de la propiedad de E. Palavicini y Compañía hasta
el camino vecinal que es lindero de la propiedad de Cármen
Avila, quedando ésta fuera de la jurisdicción.
Este: Desde el Río Mandolo, con el camino vecinal que es
lindero de las propiedades de María Luisa Buffo de Ferro,
Juan A. Garrido, P. Briseño, Francisco Garrido, A. Albarra-
cín hasta el Puente Negro y hacia el Sur siguiendo el camino
vecinal que es lindero de las propiedades de Roberto Conti,
Sebastián García, Bautista Palomo y Carmen Avila, hasta el
Río del Pueblo Viejo, que quedan fuera de la jurisdicción.
Oeste: Con el límite Este de la Comuna Rural Capitán Cá-
ceres.
6. Comuna Rural de Acheral
Nor-Este: Por el Río Aranilla, desde la represa sobre el
Río Caspinchango a la altura de la Escuela Nacional Nº 101,
hasta la confluencia con el Río Balderrama.
Sur: Por el Río Chuscha, Río Romano y Río Balderrama,
desde el camino vecinal que pasa por el lugar denominado "La
Ciénaga", hasta la confluencia con el Río Aranilla.
Oeste: Por el camino vecinal que cruza la Ruta Provincial
Nº 307 a la altura del Kilómetro 3,200 y que va desde el Río
Chuscha, al Sur, al Río Caspinchango, al Norte, pasando por
el lugar denominado "La Ciénaga" y Alto Verde, quedando és-
tas en la jurisdicción.
7. Comuna Rural de Amberes
Norte: Por el camino a Huasa Pampa.
Sur: Por el Río Seco.
Este: Por el camino vecinal que es límite con el Munici-
pio de Simoca, desde la propiedad de Sucesión P. Chazarreta,
pasando por P. Bazán y hasta Segundo Bazán, quedando éstas
dentro de la jurisdicción.
Oeste: Por el camino a Finca Los Agudo, desde la propie-
dad de Miguel A. Hael y otros, hasta el Río Seco.
8. Comuna Rural de León Rougés y Santa Rosa
Norte: Con el Río del Pueblo Viejo y Río Balderrama, des-
de la Colonia Santa Marina, al Oeste, hasta el límite con el
Municipio de Simoca, al Este.
Sur: Por el camino vecinal, que pasa a la altura de la
Colonia Santa Marina, y es lindero Sur de las propiedades de
Francisco Herrera, Pablo Vitriú, Absalón Acosta, Atilio Vi-
go, Manuel Nieva y Manuela F. de Nieva, hasta la Ruta Nacio-
nal Nº38, pasando por las vías del FCGMB, continuando por la
Ruta Sur, hasta empalmar con el camino a Huasa Pampa y por
éste hacia el Este, concluyendo en el límite con el Munici-
pio de Simoca, a la altura de la propiedad de Nadolny Erna.
Este: Con el límite Oeste del Municipio de Simoca.
Oeste: Con la línea que es divisoria de la propiedad de
Benigna M. de Santamarina, de Sur a Norte y hasta el Río del
Pueblo Viejo, quedando ésta propiedad dentro de la jurisdic-
ción.
9. Comuna Rural de Soldado Maldonado
Nor-Este: Por el Río La Angostura, Río Los Sosa conti-
nuando por el camino vecinal que va de Norte a Sur hacia la
Ruta Provincial Nº 324, a la altura de la Escuela Nacional
Nº 285, siguiendo por la Ruta mencionada hasta el puente so-
bre el Río Mandolo.
Sur: Desde las Altas Cumbres por el Río de La Quebrada
del Portugués, hasta la propiedad de Domingo Almirón y por
éste siguiendo el curso del Río Aguilar hasta el puente so-
bre el Río Mandolo y Ruta Provincial Nº 324.
Oeste: Con el límite del Departamento de Tafí del Valle,
desde la Ruta Provincial Nº 307 hasta el Río de la Quebrada
del Portugués.
10. Comuna Rural de Subteniente Berdina
Nor-Oeste: Con el Departamento de Famaillá.
Sud-Oeste: Con el lindero Sur de la propiedad de la Com-
pañía San Pablo, desde el Departamento de Famaillá, al Nor-
te, hasta el Río Caspinchango al Sur.
11. Comuna Rural de Capitán Cáceres
Norte: Desde el Río de la Quebrada del Portugués, por el
Río Aguilar o Mandolo, desde su nacimiento hasta la unión
con el Río de Las Vacas.
Sur: Por el Río Pueblo Viejo, desde su nacimiento en las
uniones de los Ríos de la Quebrada del Portugués y La Hor-
queta, hasta el lindero Norte de la propiedad de E. Palavi-
cini y Compañía, a la altura del Arroyo del Tejar.
Este: Desde la unión de los Ríos Las Vacas y Mandolo, a-
guas arriba por el Río de la Ventana hasta el camino vecinal
que cruza la Ruta Provincial Nº325 a la altura de la Comuna
Rural Capitán Cáceres y por éste de Norte a Sur hacia el A-
rroyo del Tejar y siguiendo el curso del mismo, aguas arriba
hasta el lindero Nor-Oeste de la propiedad de E. Palavicini
y Compañía y el Río Pueblo Viejo.
Oeste: Con el Río de la Quebrada del Portugués.
12. Comuna Rural Sargento Moya
Nor-Este: Con el lindero Norte de la propiedad de la So-
ciedad Córdoba del Tucumán y Arroyo Las Acheritas, desde el
límite con la Provincia de Catamarca a la altura del Cerro
El Bolsón, hasta el Río Seco.
Sur: Con el lindero Sur de la propiedad de la Sociedad
Córdoba del Tucumán y el Río Seco desde el límite con la
Provincia de Catamarca hasta la desembocadura del Arroyo Las
Acheritas en el Río Seco.
Oeste: Con el límite de la Provincia de Catamarca.
Departamento de Leales
1. Comuna Rural de Manuel García Fernández
Nor-Este: Con el Río Lules desde el camino vecinal que es
lindero Este de la propiedad de Raúl G. Lescano, hasta su
confluencia con el Arroyo Los Toros.
Sur: Con el camino vecinal que es lindero Sur de las pro-
piedades de E. Mure, Juan C. Osores, Sucesión G. Villagra,
N. Carrizo, J. Villagra, Ester E. Acuña y Eduardo M. Nieva,
continuando luego por el Arroyo Los Toros hasta el Río
Lules.
Oeste: Con el camino vecinal que, partiendo de la pro-
piedad de Raúl G. Lezcano, es lindero Oeste de las propie-
dades de Miguel A. Padilla, Dolores de Padilla y entre o-
tros, Lastenia R. de Figueroa y E. Mure.
2. Comuna Rural de Las Talas
Norte: Con el camino vecinal que, partiendo desde el lí-
mite del Municipio de Lules, al Oeste, sirve de lindero Nor-
te de las propiedades de Félix D. Saltos, Héctor Figueroa,
Francisco A. de Osores, Manuela Ledesma y por este camino
siguiendo la misma dirección y en línea recta, hasta la pro-
piedad de D. Quiroga, al Este. Las propiedades mencionadas
quedan en la jurisdicción.
Sur: Por línea férrea de Decauville a Leales, desde el A-
rroyo del Rey, al Oeste, hasta el Río Salí, al Este.
Este: Por el Arroyo Los Toros, Río Lules y el Río Salí,
desde el puente sobre el Arroyo Los Toros, al Norte, hasta
la línea férrea de Decauville a Leales, al Sur.
Oeste: Con el Municipio de Lules, desde la propiedad de
Félix D. Saltos, al Norte, hasta el puente del Arroyo del
Rey, en las vías del FCGMB, a la altura del lugar denominado
"Los Eucaliptus".
3. Comuna Rural de Río Colorado
Norte: Desde la línea del FCGMB al Oeste, por la línea
que sirve de lindero Sur, de la propiedad de José Medina,
José Cano, Elías Pérez, Morán, Cavana y otros, C. Sabino, A-
delaida Díaz, Luis y Vicente Sabino, Leonor Pedraza, Santos
Flores, continuando por el lindero Oeste de la propiedad de
Rodolfo Torres, desde allí hacia el Este, por el Río Muerto
del Salí hasta el Río Salí.
Las propiedades mencionadas quedan fuera de la jurisdic-
ción.
Sur-Oeste: Por el camino vecinal que va de Norte a Sur y
sirve de lindero Oeste de la propiedades de Miguel Bartaburu
entre otros, Bernabé Alderete, E. A. de Murillo, continuando
luego hacia el Oeste, hasta la propiedad de Francisco Elías,
luego hacia el Sur por el lindero Oeste de la propiedad de
Hever, retomando el camino vecinal de Agua Blanca, que va al
Río Aranilla a la altura de Manchalá, siguiendo el curso de
éste y el Río Balderrama hasta la unión con el Río Salí. Las
propiedades mencionadas pertenecen a la jurisdicción.
Este: Con el Río Salí.
4. Comuna Rural de Esquina y Mancopa.
Norte: Con el camino vecinal que sirve de lindero Sur de
las propiedades de Ramón Toledo, y entre otros, José Lazar-
te, Juan Torres, Marti Coll y Compañía, Juan González y has-
ta el Río Muerto, quedando Mancopa Chico dentro de la juris-
dicción.
Sur: Desde el Río Salí, al Oeste, con la línea del ferro-
carril de Decauville a Bella Vista, hasta la Ruta Provincial
Nº 306 y por ésta hacia el camino vecinal que se prolonga
hacia el Este hasta el Río Muerto y divide las propiedades,
entre otros, de Julio B. Herrera, Sociedad Bustos Hermanos,
Fidel Valdez y Luis Antelo, con las propiedades de Manuel
Fernández, Jesús Ponce, Pedro Gómez, Magdalena L. de Monte-
ros, quedando estos últimos fuera de la jurisdicción.
Este: Por el Río Muerto, desde el límite con la Comuna
Rural de El Bracho y El Cevilar, al Norte y hasta el lindero
Sur de la propiedad de Rougés y Rougés.
Oeste: Por el Río Salí.
5. Comuna Rural de Quilmes y Los Sueldos.
Norte: Desde el Río Salí, al Oeste, con la línea del fe-
rrocarril de Decauville a Bella Vista, hasta la Ruta Provin-
cial Nº 306, y por ésta hacia el camino vecinal que continúa
al Este y es lindero Sur de las propiedades de Julio B. He-
rrera, A. Masmud, Pedro Medina, Adolfo Michel y hasta el
lindero Oeste de las propiedades de Sociedad Bustos Herma-
nos, al Este.
Las propiedades mencionadas quedan fuera de la jurisdic-
ción.
Sur: Desde el Río Salí, al Oeste, por el camino vecinal
de La Encantada a Ruta Nacional Nº 9, pasando por las pro-
piedades, entre otros, de Alberto Ale, Felipe S. Herrera y
hasta el lindero Oeste de la propiedad de G. García, que no
pertenece a la jurisdicción, al Sur.
Este: Con el camino vecinal que corre de Norte a Sur, y
es lindero de las propiedades, entre otros, de A. Michal,
Clarisa Ponce, Evangelista, Felipe W. de la Rosa y concluye
en el camino vecinal de La Encantada a Ruta Nacional Nº 9.
Oeste: Con el Río Salí, desde el puente de la línea fe-
rroviaria hasta el lindero Sur de la propiedad de Alberto
Ale, que queda dentro de la jurisdicción.
6. Comuna Rural de Leales
Norte: Por el camino vecinal de Elvira a Mixta, desde el
Río Salí al Oeste, hasta el Río Muerto, al Este.
Sur: Por el camino vecinal que pasa por San Antonio y Ca-
ñada del Arenal y su desvío hacia el Norte, hasta la propie-
dad de Ramón J. Barbá y de allí hacia el Este, hasta el Río
Muerto. La propiedad citada, queda en la jurisdicción.
Este: Con el Río Muerto, desde la propiedad de Francisco
Juárez, al Norte, hasta la propiedad de Celestino Tártara,
al Sur.
Oeste: Con el Río Salí, desde el camino a Mixta, al Oes-
te, hasta el camino a la Cañada del Arenal, al Este.
7. Comuna Rural de Los Gómez
Norte: Desde el Río Salí, al Oeste, por el camino vecinal
que pasa por San Antonio y La Cañada del Arenal y su desvío
hacia el Norte, hasta la propiedad de Ramón J. Barbá, que
queda fuera de la jurisdicción y desde allí hacia el Este,
hasta el Río Muerto.
Sur-Oeste: Por el Río Salí, desde el camino que va a Ca-
ñada del Arenal, al Norte, hasta la confluencia con el Río
Muerto, al Sur.
Este: Por el Río Muerto hasta la propiedad de Amalia Cam-
pero, al Norte, y queda dentro de la jurisdicción, hasta el
Río Salí al Sur.
8. Comuna Rural de Santa Rosa de Leales y Laguna Blanca
Norte: Desde el Río Salí, al Oeste, por el límite Sur y
Este de las jurisdicciones de Quilmes y Los Sueldos, hasta
el camino vecinal que separa las propiedades de Jesús Ponce
y Sociedad Bustos Hermanos, quedando éste último fuera de la
jurisdicción, y por ese camino hacia el Este, hasta el Río
Muerto, pasando por el lindero Sur de la propiedad de Luis
Antelo, que queda fuera de la jurisdicción.
Sur: Por el camino vecinal de Elvira a Mixta, desde el
Río Salí, al Oeste, hasta el Río Muerto, al Este.
Este: Con el Río Muerto, desde el camino que pasa por la
propiedad de Rougés y Rougés, al Norte, hasta el camino ve-
cinal de Elvira a Mixta, al Sur.
Oeste: Con el Río Salí, desde el camino vecinal de La En-
cantada a Ruta Nacional Nº 9, al Norte, hasta el camino ve-
cinal de Elvira a Mixta, al Sur.
9. Comuna Rural de Agua Dulce y La Soledad
Norte: Con el camino vecinal que va a Camas Amontonadas,
hasta la propiedad de Vicente Santor, y se continúa luego
por el lindero Oeste y Norte de ésta, para continuar en ésta
última dirección en línea recta hasta la propiedad de Alde-
rete, que queda en la jurisdicción, y las propiedades colin-
dante de José F. Guzmán y Simón Zelaya. Estos últimos no
pertenecen a la jurisdicción.
Sur: Con la línea que es divisoria de las propiedades de
Napoleón Peralta y Pacífico Lazarte, con Elías N. Apud, que-
dando éste último fuera de la jurisdicción, siguiendo luego
por el camino vecinal de Los Chañaritos, de Sur a Norte,
hasta la propiedad de Herich Frank Günter, que a su vez es
lindero con las propiedades de D. Cajal y L. Abye, quedando
estas últimas en la jurisdicción, desde el Río Muerto, al
Oeste, hasta la propiedad de L. Abye, al Este.
Este: Por el camino vecinal que va de Norte a Sur, y que
partiendo de la propiedad de José F. Guzmán, que queda fuera
de la jurisdicción, y en dirección a Los Chañaritos, pasando
por las Colonias se desvía hacia el Este, en donde es lin-
dero entre las propiedades de D. Rodríguez, Caro y J. M. Or-
zeno y M. Vidal de Albornoz, estas últimas quedan en la ju-
risdicción, continuando hacia el Sur por el lindero Este de
la propiedad de M. Vidal de Albornoz, hasta la propiedad de
L. Abye.
Oeste: Con el Río Muerto, quedando dentro de la jurisdic-
ción, Camas Amontonadas, La Fronterita, La Soledad, San An-
tonio y Tusca Pozo.
10. Comuna Rural de Los Puestos
Norte: Con la línea que es lindera Sur de las propiedades
de Agenor López, Napoleón Peralta, Pacífico Lazarte, que
quedan fuera de la jurisdicción, continuando luego por el
camino vecinal de Sur a Norte y que es lindero Oeste y Norte
de la propiedad de Jerónimo Helguera, Enrique y Carlos Pas-
quini, denominada "Finca Los Llanos", que pertenecen a la
jurisdicción. Desde el Río Muerto, al Oeste, hasta la pro-
piedad de Lorenzo Abye que queda fuera de la jurisdicción.
Este-Sur: Desde la propiedad de Lorenzo Abye, al Norte,
por la línea que es lindera de las propiedades entre Jeróni-
mo Helguera, Evaristo Segundo Villafañe, Remigio Rueda, Fe-
liciana de Costas, Francisco J. Costas y Euliogio Iramain
con Nicasio Rivero, Bernabé de los Santos Cajal, José Luis
Espinosa y Gregorio Cabeza, estas últimas quedan fuera de la
jurisdicción, hasta el límite con la Provincia de Santiago
del Estero, continuando al Sur por este límite interprovin-
cial.
Oeste-Sur: Por el Río Muerto, hasta su desembocadura en
el Río Salí, y por este hasta el límite con la Provincia de
Santiago del Estero.
11. Comuna Rural de El Mojón.
Norte: Por la Ruta Provincial Nº323 y su desvío por el
camino vecinal que envuelve a la propiedad de Alejandro Na-
sar y se continúa luego al Este, hasta el límite con la Pro-
vincia de Santiago del Estero.
Sur: Con la línea que es lindero Sur de la propiedad de
Gregorio Cabeza y hasta el límite con la Provincia de San-
tiago del Estero.
Este: Con límite de la Provincia de Santiago del Estero.
Oeste: Desde la Ruta Provincial Nº 323, al Norte, por la
línea que es lindera de las propiedades de Jerónimo Helguera
y Enrique Pasquini, Evaristo Segundo Villafañe y Remigio
Rueda, con Nicasio Rivero, S. Romano, Bernabé de Los Santos
Cajal, José Espinosa y Gregorio Cabeza; estas últimas pro-
piedades quedan dentro de la jurisdicción.
12. Comuna Rural de Estación Aráoz y Tacanas.
Norte: Con el camino vecinal que va de Oeste a Este y su
prolongación, sirve de lindero Norte entre otros de las pro-
piedades de Simón Zelaya, Eusebio Juárez, Compañía Azucarera
Tucumana, Emilio Budeguer, Angel Brito, terreno Fiscal y
hasta el límite con la Provincia de Santiago del Estero.
Sur: Por el camino vecinal que conduce a Los Villagras y
es lindero Sur de las propiedades de Victoriano Caro, Daniel
Rodríguez, Compañía Azucarera W. Posse, y hacia el Norte
continúa por el lindero Sur de la propiedad de Pedro Rojas
hasta Abra Rica, y por este camino hacia el Este, hasta el
límite con la Provincia de Santiago del Estero, las propie-
dades nombradas quedan en la jurisdicción.
Este: Por el límite con la Provincia de Santiago del Es-
tero.
Oeste: Por el camino vecinal que va de Norte a Sur y es
lindero de las propiedades de R. Alderetes, Eudoro Sánchez y
Daniel Rodríguez con Simón Zelaya y entre otros, Victoriano
Caro, desde el Departamento de Cruz Alta, al Norte, hasta la
Sucesión de Alberto Valentié, al Sur.
Departamento Chicligasta
1. Comuna Rural de Arcadia
Norte: Desde el límite con la Provincia de Catamarca, al
Oeste, por el lindero Norte de la propiedad de Gabino Pani y
siguiendo por el curso del Río Seco, hasta el lindero Este
de la propiedad de Rodríguez, a la altura de Gastona Norte.
Sur-Oeste: Por el Río Solco, desde el límite con la pro-
vincia de Catamarca, al Oeste, continuando por el Río Gas-
tona y hasta el lindero Este de la propiedad de Benicio Paz,
quedando ésta en la jurisdicción.
Este: Por el camino vecinal que corre al Este de las pro-
piedades de Benicio Paz, T. Arce, Luis Tavera y Rodríguez, y
entre los Ríos Seco y Gastona, quedando las propiedades den-
tro de la jurisdicción.
2. Comuna Rural de Alpachiri y El Molino.
Norte: Por el Río Solco, desde el límite con la Provincia
de Catamarca, continuando por el Río Gastona hasta la con-
fluencia con el Río Chirimayo.
Sur: Desde el límite con la Provincia de Catamarca, por
el Río del Potrero continuando por el Río Medina y hasta el
lindero Este de la propiedad de María T. de Retondo, la que
queda en la jurisdicción.
Este: Por el Río Chirimayo al lindero Este de la propie-
dad de Guillermo Somonte y de allí al Sur, por los linderos
Este de las propiedades de Antonio Gualda, Juan Aguera, Ra-
fael Bonasfere y María T. de Retondo, hasta el Río Medina.
Oeste: El límite con la Provincia de Catamarca.
3. Comuna Rural de La Trinidad
Norte: Con el Río Gastona.
Sur: Con el Río Medinas.
Este: Por el camino vecinal que es lindero Este de la
propiedad de Dorotea Barrionuevo y su prolongación a la pro-
piedad de Jesús Medina, cruzando la Ruta Provincial Nº329,
hasta el Río Medinas.
Las propiedades citadas quedan dentro de la jurisdicción.
Oeste: Desde el río Gastona hacia el Sur por los linderos
Oeste de las propiedades de Silva de Frías, Jorge Estofán,
Compañía Azucarera Tucumana, Antonio Cruz, Ingenio La Tri-
nidad, José López, Ernesto Ance, Ferrao Cortina, Hagid Es-
tofán, Manuel Lobo y llega a Ruta Provincial Nº329, por ésta
hacia el Oeste hacia la ruta que va a Medinas, siguiendo el
eje de ésta hasta su cruce con la primera calle al Norte de
la Villa de Medinas que se llama Lucas Córdoba, por Lucas
Córdoba al Este con dos quiebres al Norte hasta su unión con
la calle Manuel Belgrano que corre hacia el Sur y siguiendo
ésta calle hasta el Río Medinas.
4. Comuna Rural de Alto Verde y Los Guchea.
Norte: Por el Río Chirimayo, a la altura de la propiedad
de Francisco Zelarayán, continuando por la Acequia de Los
Méndez, hasta el camino vecinal que es lindero Este de la
propiedad de José Iriarte.
Sur: Por el Río Medinas, de Oeste a Este, hasta la línea
divisoria de la zona urbana de Villa Monte Rico cien (100)
metros antes y paralela a la vía del F.C.G.M.B.) y hacia el
Norte, hasta la calle Córdoba de la citada Villa y su pro-
longación en línea recta hacia el Río Medinas, continuando
por éste hasta el camino vecinal que es lindero de la pro-
piedad de Nora S. de Arias, que pertenece a la jurisdicción
de Medinas.
Este: Por el camino que corre de Norte a Sur, llegando
hasta el cargadero San Ramón y continúa por el camino que es
lindero de la propiedad de Nora S. de Arias, entre la Ace-
quia Los Méndez y el Río Medinas.
Oeste: Con el camino que nace en el Chirimayo y llega a
El Ceibal pasando por El Cadillal hasta el Río Medinas.
5. Comuna Rural de Gastona y Belicha.
Norte: Con el Río Seco.
Sur: Con el Río Gastona.
Este: Desde el Río Seco, al Norte, por el camino vecinal
que es lindero Este de las propiedades de Liborio Brito y o-
tros, D. del C. Brito y otros, S. J. C. de Saracho; desde
ésta última, se continúa hacia el Este hasta el camino veci-
nal que es lindero Este de Pedro Villafañe, G. H. Keew, Juan
Angel Saracho hasta Abraham Rosales, y desde allí por el
lindero Este de la propiedad de Angel Saracho, hasta el Río
Gastona, al Sur.
Oeste: Límite de la jurisdicción de la Comuna Rural de
Arcadia. (Ver límite Este de Comuna de Arcadia).
6. Comuna Rural de Medinas
Norte: Con las Comunas de Arcadia, Gastona y Belicha, por
el Río Gastona, desde el esquinero Noroeste de la propiedad
de Cándido Saez, identificación catastral 11 F441, Parcela
64 A, siguiendo su curso medio aguas abajo hasta el esqui-
nero Noreste de la propiedad de Segundo Gerez, cuya identi-
ficación catastral es 11 F 488, Parcela 374.
Sur: Con la Municipalidad de Aguilares, por el Río Medi-
nas desde el esquinero Suroeste de la propiedad de Nora F.
de Arias, cuya identificación catastral es 11 F 415, Parcela
454 B, siguiendo su curso medio aguas abajo hasta la calle
Belgrano, que parte desde Villa La Trinidad y hasta el Sur,
pasa por el Colegio Cristo Rey y llega al Río Medina.
Este: Con la Comuna de la Trinidad, desde el Río Gastona
hacia el Sur, por el lindero Este de las propiedades de Se-
gundo Gerez, identificación catastral 11 F 433, Parcela 374,
11 F 434, Parcela 385 y 386, Rosa de Lautau Parcela 388, Mi-
guel Atril Parcela 389, Rosa y Silvia Gramajo Parcela 390,
Carolina M. de Sié Parcela 391, sigue después por un camino
vecinal y límite de propiedad en línea recta hasta la Ruta
Provincial Nº329, quedando la Colonia El Porvenir dentro de
la jurisdicción de la Comuna de Medinas, por ésta Ruta con
dirección a Concepción 200 metros hasta el empalme con la
Ruta que va a Medinas, siguiendo el eje de esta Ruta hacia
el Sur hasta su cruce con la calle Lucas Córdoba, primera
calle al Norte de la Villa de Medinas, por el eje de ésta
hacia el Este, haciendo dos quiebres al Norte hasta llegar a
la calle Manuel Belgrano, que la separa de Villa La Trini-
dad, por calle Belgrano al Sur hasta el Río Medinas, quedan-
do el Colegio Cristo Rey y el Barrio 25 de Mayo dentro de la
jurisdicción.
Oeste: Con la Municipalidad de Concepción y la Comuna de
Alto Verde y Los Guchea desde el Río Gastona hacia el Sur
por un camino vecinal, a la vez lindero Oeste de las propie-
dades de Cándido Saez, nomenclatura catastral 11 F 441, Par-
cela 64 A, Eduardo Gómez Parcela 65 A, Somonte y Rodríguez
11 F 440, Parcela 66, Lucia Cruz Parcela 67, Rodríguez Par-
cela 70, Gómez Parcela 72, Rosa Fernández Parcela 73, llega
a Ruta Provincial Nº329, por ésta hacia el Este hasta el lí-
mite Oeste de la propiedad de Ricardo Fernández 11 F 445,
Parcela 79, Miguel A. Cruz Parcela 80, cruzando las antiguas
vías del Ferrocarril a Medinas, sigue siempre por los linde-
ros Oeste de C. Abregú 11 F 442, Parcela 52, Rosa Fernández
Parcela 53, luego por un canal hasta desembocar en la Ace-
quia Los Méndez, siguiendo el curso de ésta hasta un camino
vecinal que es lindero Oeste de la propiedad de Eufemio Cá-
ceres nomenclatura catastral 11 F. 462, Parcela 272, sigue
al Sur por el camino vecinal que es lindero Oeste de las
propiedades de G. de Sánchez 11 F. 463, Parcela 273, H. Gu-
chea Parcela 274, Juan B. Nieto 11 F. 416 Parcela 275, C. C.
de F. Parcela 276, M. Sánchez 11 F. 415 Parcela 453, Ariaz
Parcela 454 B y llega al Río Medinas.
Departamento Simoca
1. Comuna Rural de Santa Cruz y La Tuna.
Norte: Por el Río Seco, desde el lindero Oeste de la pro-
piedad de Manuel A. Medina, al Oeste, hasta el lindero Este
de la propiedad de Gabino Campos, al Este.
Sur: Con el Río Gastona.
Este: Por el camino vecinal que corre de Norte a Sur y es
lindero Este de las propiedades de Gabino Campos, Leoncio
Campos y Pedro Medina entre otros, continuando hacia el Oes-
te hasta la propiedad de José Brígido Valdéz, siguiendo lue-
go al Sur por el lindero Este de dicha propiedad y las de
Segundo Lucena, Cesario M. Díaz, entre otros, empalmando con
la Ruta Provincial Nº 328 hasta el Río Gastona, al Sur. Las
propiedades mencionadas pertenecen a la jurisdicción.
Oeste: Desde el Río Seco, al Norte, por los linderos Oes-
te de las propiedades de Manuel A. Medina, Limbania R. Bri-
to, Felisa Díaz, Dionisio J. Soria, Ramón E. Suárez y José
Zerrizuela, entre otros, hasta el Río Gastona, al Sur.
2. Comuna Rural de San Pedro y San Antonio.
Norte: Con el Río Seco.
Sur: Con el Río Gastona y Río Muerto.
Este: Desde el Río Seco, por el lindero Este de las pro-
piedades de S. Ibarra, Clemente Medina y Francisco Herrera
entre otros, continuando hacia el Oeste por el camino veci-
nal que es lindero Sur de las propiedades de herederos de
Celedonio Gutiérrez, Evaristo Luna y Pedro Sandoval, y de
allí al Sur por el camino vecinal que es lindero Este de las
propiedades de María R. de Rocha, Manuel Valenzuela y Suce-
sión de Benigno Bazán entre otros, hasta el Río Muerto.
Todas estas propiedades pertenecen a la jurisdicción.
Oeste: Con el límite Este de la jurisdicción de la Comuna
Rural de Santa Cruz y La Tuna, desde el Río Seco al Norte,
hasta el Río Gastona al Sur. (Ver límites jurisdicciones de
Santa Cruz y La Tuna).
3. Comuna Rural de Atahona.
Norte: Con el Río Seco.
Sur: Con el Río Gastona.
Este: Desde el Río Seco, al Norte, por el camino vecinal
que es lindero Este de las propiedades de Toribio Argañaráz,
Lorenzo L. Soria, y correspondientes, Agrícola La Atahona
S.A. y José Lescano hasta el Río Gastona, al Sur. Las pro-
piedades mencionadas pertenecen a esta jurisdicción.
Oeste: Por el límite Este de la jurisdicción comunal de
San Pedro y San Antonio, desde el Río Seco al Río Muerto,
continuando luego por este último, hasta la desembocadura en
el Río Gastona.
4. Comuna Rural de Chicligasta.
Norte y Este: Por el Río Seco, continuando por el Río Sa-
lí desde la propiedad de Toribio Argañaráz que queda fuera
de la jurisdicción, al Oeste, hasta el límite con Santiago
del Estero, al Este.
Sur: Por el Río Gastona, desde el lindero Oeste de la
propiedad de Valentino Román que queda en la jurisdicción,
hasta el límite con la Provincia de Santiago del Estero.
Oeste: Por el límite Este de la jurisdicción comunal de
Atahona, desde el Río Seco, al Norte, hasta el Río Gastona,
al Sur.
5. Comuna Rural de Ciudacita
Norte: Con el Río Gastona, desde el lindero Oeste de la
propiedad de José Castro, al Este, hasta el lindero Este de
la propiedad de Nicanor Medina, al Este. Las propiedades
mencionadas, pertenecen a la jurisdicción.
Sur: Con el Río Medina, desde la propiedad de Jesús Quin-
teros al Oeste, hasta el lindero Este de la propiedad de
Adolfo Pintos y correspondientes al Este. Estas propiedades
pertenecen a la jurisdicción.
Este: Desde el Río Gastona, al Norte, por la línea que es
lindero entre las propiedades de Nicanor Medina y Sociedad
Arrocera Gianserra Industrial y Comercial, esta última no
pertenece a la jurisdicción, continuando al Este hasta el
lindero Norte de las propiedades de Adolfo Pintos y corres-
pondientes; de allí al Sur, por el lindero Este de la misma
y hasta el Río Medina.
Oeste: Por el lindero Oeste de las propiedades de José
Castro, Juan Sarmiento y Jesús Quinteros, desde el Río Gas-
tona, al Norte, hasta el Río Medinas, al Sur. Las propieda-
des pertenecen a la jurisdicción.
6. Comuna Rural de Monteagudo
Norte: Con el Río Gastona, desde la línea que sirve de
divisoria entre las propiedades de Nicanor Medina con Socie-
dad Arrocera Gianserra Industrial y Comercial (esta última
pertenece a la jurisdicción), al Oeste, hasta el límite con
la Provincia de Santiago del Estero, al Este.
Sur: Con el Río Medinas, desde la línea que sirve de lin-
dero entre las propiedades de Adolfo Pintos, que queda fuera
de la jurisdicción, con Belisario Gramajo, al Oeste, hasta
el límite con la Provincia de Santiago del Estero, al Este.
Este: Con el límite de la Provincia de Santiago del Es-
tero.
Oeste: Desde el Río Gastona, al Norte, por el lindero O-
este de la propiedad de Sociedad Arrocera Gianserra Indus-
tritrial y Comercial, continuando hacia el Este hasta la
propiedad de J. Gramajo y desde allí al Sur, por los linde-
ros Oeste de las propiedades de Joaquín Conti y Belisario
Gramajo hasta el Río Medinas, al Sur. Las propiedades men-
cionadas, pertenecen a la jurisdicción.
7. Comuna Rural de Río Chico y Nueva Trinidad.
Norte: Con el Río Medinas, desde el lindero Oeste de la
propiedad de Juan Martínez a la altura de Costa de Medinas,
al Oeste, y hasta el límite con la Provincia de Santiago del
Estero, al Este.
Sur: Por el Arroyo Yanamayo, que continúa por el Arroyo
Matazambi desde el lindero Oeste de la propiedad de Ernesto
Quinteros al Oeste y hasta el límite con la Provincia de
Santiago del Estero, al Este.
Este: Por el límite con la Provincia de Santiago del Es-
tero.
Oeste: Desde el Río Medinas, al Norte, por los linderos
Oeste de las propiedades de Juan Martínez, Saturnino Lobo,
José Salas, J. C. S. Miñano y Alfredo C. Villada entre o-
tros, hasta el Río Chico, continuando al Este por el curso
de ese Río hasta la propiedad de José Romero y otros; desde
allí y hacia el Sur, por la línea que sirve de lindero entre
las propiedades de David Pintos, que queda fuera de la ju-
risdicción, con José T. Fernández y Ernesto Quinteros entre
otros, hasta el Arroyo Yanamayo, al Sur.
8. Comuna Rural de Pampa Mayo:
Norte: Con Arroyo del Estero, el eje del cauce del Arroyo
lo divide con la Municipalidad de Simoca y la Comuna de Ma-
nuela Pedraza.
Sur: Río Seco hasta su desembocadura en el Río Salí, el
eje del mismo divide las Comunas de San Pedro y San Antonio
y Atahona.
Este: Con el Río Salí, cuyo eje del cauce lo separa el
Departamento Leales.
Oeste: Con el eje del camino vecinal que viene de Simoca
y va al Río Seco, siendo este mismo, límite Este de la Comu-
na de Buena Vista.
9. Comuna Rural de Buena Vista:
Norte: Con los límites sur de la Comuna de Yerba Buena y
Municipalidad de Simoca.
Sur: Con el Río Seco, el eje del mismo lo separa de la
Comuna de Santa Cruz y La Tuna.
Este: Por el eje del camino vecinal que viene de Simoca
hacia el Sur, pasando frente a la Escuela Nº 15, quedando la
misma fuera de la jurisdicción comunal y llega al Río Seco.
Este camino divide las localidades de Pampa Mayo
Noroeste-Campo Volante Sur-de Pampa Mayo.
Oeste: Con el límite Este del Departamento Monteros.
10. Comuna Rural de Yerba Buena:
Norte: Río Balderrama cuyo eje del cauce divide con el
Departamento Monteros.
Sur: Desde el límite Este del Departamento Monteros, por
el eje del camino vecinal que corre en zig-zag de Oeste a
Este y a la vez es lindero sur de las propiedades de Manuel
Concha, Manuel Alvarez, José M. Abregú, N. A. González, Re-
gina González, M. Amaya, W. Juarez, I. López, Angel Costi-
lla, Manuel Curia, J. V. de Molina, T. González, Domingo
Morán y Lugarda S. de Bustamante, donde empalma con el Arro-
yo del Estero. Dicho camino separa las localidades de Macio
con Buena Vista. Siguiendo el eje del Arroyo, al Este hasta
llegar al límite Oeste de la Municipalidad de Simoca.
Este: Con los límites Oeste de la Comuna de Manuela Pe-
draza y la Municipalidad de Simoca.
Oeste: Con el límite Este del Departamento Monteros.
11. Comuna Rural de Manuela Pedraza:
Norte: Río Balderrama, que separa el Departamento Leales.
Sur: Arroyo Los Pérez que a la vez es límite Norte de la
Municipalidad de Simoca, siguiendo luego por el límite Este
del Municipio, hasta el Arroyo del Estero y por el eje del
mismo hasta su desembocadura en el Río Salí.
Este: Río Salí, que separa del Departamento Leales.
Oeste: Desde el Río Balderrama hacia el sur, por el lin-
dero Oeste de las propiedades de E. Bragas, F. G. de Salom,
A. Medina, doblando luego hacia el Este, por el eje de un
camino vecinal que es lindero Sur de A. Medina, hasta el
cruce con camino vecinal que toma dirección Sur, separando
las propiedades de José Salguero y J. Pérez con Apolinar Me-
dina, siguiendo el eje del citado camino 100 metros al Oeste
y luego hacia el Sur, por el lindero Oeste las propiedades
de Ramón Molina, T. C. G. Molina, A. G. de Romano, M. Moli-
na, Victoriana Gómez, doblando al Este y luego al sur hasta
su intersección con el camino vecinal que va desde M. Pedra-
za a Balderrama Sur, hasta el lindero esquina Noroeste de la
propiedad de A. Suarez, siguiendo hacia el Sur por el linde-
ro Oeste de la propiedad anterior y de Bersabé Flores, hasta
el Arroyo Los Pérez, límite Norte de la Municipalidad de Si-
moca, quedando estas propiedades dentro de la jurisdicción
comunal.
Departamento Río Chico
1. Comuna Rural de Monte Bello
Norte: Con el Río Medinas.
Sur: Con las Cumbres de Santa Ana, hasta la línea que
sirve de lindero de las propiedades del Ex Ingenio Santa Ana
(perteneciente a la jurisdicción de Santa Ana), continuando
por el Río Chico desde su nacimiento y el Arroyo Los Sauces,
hasta la propiedad de Pedro Svaldi.
Este: Con el lindero Este de la propiedad de la Compañía
Azucarera Tucumana, desde el Río Medinas hasta el Río Chico.
Oeste: Con el límite de la Provincia de Catamarca.
2. Comuna Rural de Los Sarmientos y La Tipa.
Norte: Con el Río Medinas.
Sur: Con el Río Chico.
Este: Con el camino vecinal que divide las propiedades de
la Sucesión A. de Zelarayán y hacia el Sur por el mismo ca-
mino hasta el Arroyo Barrientos, continuando curso hacia el
Este, hasta el camino que es lindero de las propiedades de
José Palavecino, D. Perilli, Carlos Palavecino, Luis Bou-
quet, Simón Padrós, J. L. Gómez, Luis Rosales y Calixto Oje-
da, todas pertenecientes a esta jurisdicción.
Oeste: Con el lindero Este de la propiedad de la Compañía
Azucarera Tucumana, desde el Río Medinas, hasta el Río Chi-
co.
3. Comuna Rural de El Polear.
Norte: Con el Río Chico.
Sur: Con el Arroyo Matazambi.
Este: Desde el Norte, con el camino que divide las pro-
piedades de Salomón Jalil con José M. Romero y otros, conti-
nuando en línea recta hasta la línea divisoria de las pro-
piedades de David Pintos con Ernesto C. Quinteros en el Sur,
hasta el Arroyo Matazambi.
Oeste: Con la Ruta Nacional Nº 38, desde el puente del
Río Chico, al Norte, hasta el puente del Arroyo Matazambi,
en el Sur.
4. Comuna Rural de Santa Ana.
Norte: Desde las Cumbres de Santa Ana, hasta la línea que
sirve de lindero de las propiedades del Ex Ingenio Santa Ana
con Octavio Navarro, continuando por el Río Chico desde su
nacimiento (Arroyo Los Sauces), hasta el puente sobre el Río
Chico en la Ruta Nacional Nº 38.
Sur: Desde las Cumbres de Santa Ana (parte Sur),
continuando por el Arroyo Matazambi hasta el puente sobre el
mismo Arroyo, en la Ruta Nº 38.
Este: Con la Ruta Nacional Nº 38, desde el Río Chico has-
ta el Arroyo Matazambi.
Oeste: Con las Cumbres de Santa Ana.
Departamento Juan B. Alberdi
1. Comuna Rural de Villa Belgrano.
Norte: Con el Arroyo Matazambi.
Sur: Desde la propiedad de Juan de Dios Ortega, con el
lindero Sur de la propiedad de Raquel del Sueldo, Victoria
A. de Gordillo, continuando por el camino hasta la vía del
FCGMB, siguiendo por ésta al Sur, hasta la intersección con
el camino vecinal que va desde la propiedad de Juan de Dios
Ortega a la propiedad de Salvador Piga, comunicando entre o-
tras, las propiedades de Sucesión J. Toledo, Mercedes G. de
Pistone, Juan Cambullay y Esteban Aguirre (todas las propie-
dades pertenecen a esta jurisdicción).
Este: Con el camino vecinal que va desde la propiedad de
Salvador Piga, de Sur a Norte, hasta la propiedad de Santos
C. Vera y su prolongación hasta el Arroyo Matazambi, quedan-
do la propiedad de J. M. Ruiu fuera de la jurisdicción.
Oeste: Con el lindero Este (camino vecinal) de la propie-
dad de Juan de Dios Ortega, quedando ésta fuera de la juris-
dicción.
2. Comuna Rural de Escaba.
Nor-Este: Con las Cumbres de Santa Ana y los Cerros del
Quico desde los límites de la Provincia con Catamarca al
Norte, hasta el Río Singuil y límites con la Provincia de
Catamarca al Sur, a la altura del límite del Departamento
Graneros.
Sur: Con el límite de la Provincia de Catamarca.
Oeste: Con el límite de la Provincia de Catamarca.
Departamento Graneros
1. Comuna Rural de Lamadrid.
Norte: Con el Arroyo Matazambi, que es el límite con el
Departamento Simoca.
Sur: Desde los linderos Sur de la Estancia Los Sarachos y
finca de Segundo Frías, C. Brandán hasta 1.100 metros del
lindero Sur de la propiedad de Cleofé Díaz de Gómez, y con-
tinuando hacia el Norte a la altura de la propiedad de Mer-
cedes C. de Sivestres, quedando Chañar Pozo, El Chañarito y
El Espinal dentro de la jurisdicción de La Madrid, hasta el
Sestiadero, jurisdicción de Taco Ralo, continuando al Puesto
Los Galván o Gálvez y de allí por el lindero Norte de la
propiedad Sucesión J. Chiozza, hasta el límite con la Pro-
vincia de Santiago del Estero.
Este: Con la Provincia de Santiago del Estero.
Oeste: Desde el Arroyo Matazambi hacia el Sur, por la lí-
nea divisoria de las propiedades de la Compañía Azucarera
Argentina La Corona con Francisco Bañón, continuando por el
Arroyo Chileno a la línea divisoria hacia el Sur de las pro-
piedades de Benjamín López, Sucesión Filiberto Alderete con
Sucesión Andrés Dorao y Sucesión G. Aguilar, y hacia el Oes-
te por el Río Graneros, hasta la línea divisoria de las pro-
piedades de Manuela Gramajo de Avanti con la Estancia Los
Sarachos.
2. Comuna Rural de Taco Ralo.
Norte: Con el límite Sur de la jurisdicción comunal de La
Madrid.
Sur-Este: Con las Provincias de Catamarca y Santiago del
Estero.
Oeste: Con los linderos Oeste de las propiedades de Mi-
guel Martínez y la Estancia La Indivisa, desde el lindero
Norte de la primera, hasta el límite con la Provincia de Ca-
tamarca.
Departamento La Cocha
1. Comuna Rural de Yánima
Norte: Con el Río Marapa.
Sur: Desde el Cerro de Quico, al Oeste, con el Arroyo
Sauce Yaco, hasta el lindero Sur de la propiedad de Reinol
Engel, al Este, quedando esta propiedad en la jurisdicción.
Este: Desde el lindero Este de la propiedad de Reinol En-
gel, al Sur, continuando por la línea divisoria hacia el
Norte de las propiedades de P. D. Ruiz con Sucesión M. Neu-
nier de Courtade y Jorin Robin con Clementino Colombres y
hasta el Río Marapa hasta el Arroyo Sauce Yaco.
Oeste: Con el Cerro de Quico, desde Río Marapa hasta el
Arroyo Sauce Yaco.
2. Comuna Rural de El Sacrificio
Norte: Con el Arroyo Sauce Yaco y los linderos Oeste de
las propiedades Sucesión María N. de Courtade, Clementino
Colombres Garmendia hasta el Río Marapa, continuando por és-
te hasta la propiedad de Antonio Martínez. Todas las propie-
dades nombradas pertenecen a la jurisdicción.
Sur: Por el Río San Ignacio.
Este: Desde el Río Marapa por la línea divisoria de las
propiedades de Antonio Martínez, con la Sucesión de Octavio
Aguirre y la propiedad de María L. de Bovet con Segundo Ro-
bles, hasta el Río San Ignacio, quedando el Huaico dentro de
la jurisdicción.
Oeste: Con las cumbres del Cerro Quico, desde el Arroyo
Sauce Yaco, al Norte, y el Río San Ignacio, al Sur.
3. Comuna Rural de San José de La Cocha.
Norte: Río San Ignacio.
Sur: Con el camino vecinal que es lindero de la propiedad
de Olimpia O. de Parache, Sucesión R. Lobo, hasta el lindero
Oeste de la propiedad de Adela de Salinas (la propiedad de
F.P. Lobo queda fuera de la jurisdicción), continuando por
este lindero al Sur hasta la propiedad de Bonifacio Leiva,
quedando dentro de esta jurisdicción las propiedades de Ma-
ría López, Bonifacio Leiva, Agueda de Fernández, continuando
por el camino vecinal, hacia el Oeste hasta la Ruta Nacional
Nº 38, pasando por el lugar denominado "El Porvenir".
Por Ruta Nacional Nº 38, hacia el Norte, al lugar
denominado Alto de La Cocha, hasta la vía del FCGMB, quedan-
do dentro de la jurisdicción las propiedades de Pedro Pinto,
E. D. de Blanco, R. Delgado, F. Albornoz y pasando por las
vías, María Argañaráz, hasta la Ruta Provincial Nº 334, y
por ésta hacia el Oeste con el cruce del camino vecinal que
pasa por el lindero de la propiedad de Olimpia de Parache.
Este: Con el camino vecinal que es a su vez límite del
Departamento Graneros.
Oeste: Desde el Río San Ignacio, a la altura del lindero
Oeste de la propiedad de Desiderio Correa, y en línea recta
hacia el Sur, hasta empalmar con el camino de Huasa Pampa
Norte, y por ése, siguiendo al Sur, con cruce de la Ruta
Provincial Nº 334.
4. Comuna Rural de San Ignacio.
Nor-Oeste: Por el Río San Ignacio desde las Cumbres de
Los Llanos, hasta la prolongación del camino La Rinconada.
Sur: Desde las Cumbres de Los Llanos, por el camino a
Balcozna hasta La Cañada, propiedad de Sucesión Juan Gettar
inclusive.
Este: Desde el Río San Ignacio hacia el Sur, por el lin-
dero Oeste de la propiedad de Dorila de Ferreira, continuan-
do por el camino La Rinconada, pasando el camino a Los Piza-
rros hasta el Arroyo Monte Grande y a la altura de la pro-
piedad de Sucesión Correa, hacia el Sur, por el lindero de
la propiedad de Sucesión Juan Gettar, hasta el camino a Bal-
cozna.
5. Comuna Rural de Rumi Punco.
Norte: Desde el límite Oeste con la Provincia de Catamar-
ca y por el lindero Norte de las propiedades de Rosa Giménez
de De La Orden (que queda en la jurisdicción), hasta las
Cumbres de Los Llanos, y por éstas al Sur, siguiendo luego
por el Arroyo Pueblo Viejo, desde sus nacientes hasta el lí-
mite Este con la Provincia de Catamarca.
Sur-Este-Oeste: Con el límite de la Provincia de Catamar-
ca.
6. Comuna Rural de Huasa Pampa.
Norte: Desde el Río San Ignacio por las Cumbres de Los
Llanos a las nacientes del Arroyo La Posta, y por éste hasta
el cruce con la Ruta Nacional Nº 38, siguiendo por ésta al
Sur, hasta el lindero Noroeste de la propiedad de María A.
de Ramallo y luego por el lindero Norte de la propiedad de
Alberto Buffo, hasta el límite con la Provincia de Catamar-
ca.
Sur: Por el límite Norte de la Comuna Rural de Rumi Pun-
co.
Este: Con la Provincia de Catamarca.
Oeste: Desde las Cumbres de Los Llanos, a la altura del
camino a Balcozna, por el Río San Ignacio, continuando por
el límite con la Provincia de Catamarca.
Departamento Yerba Buena
1. Comuna Rural de Cevil Redondo
El límite entre la comuna Rural de Cevil Redondo y Yerba
Buena es el siguiente:
Desde el cruce del camino del Perú con el Canal Horco Mo-
lle, por el Canal Horco Molle, en dirección Oeste, hasta el
cruce de éste con la alambrada de la propiedad de la Univer-
sidad Nacional de Tucumán.
2. Comuna Rural de San Javier
Desde el cruce indicado anteriormente y en dirección Sur,
por la alambrada Este de la propiedad de la Universidad Na-
cional de Tucumán hasta el esquinero entre las propiedades
de la Universidad Nacional de Tucumán (al Norte) y las Lomas
de Imbaud y/o Eugenia y Alfredo Imbaud (al Sur); desde este
esquinero, por el lindero entre las propiedades de Eugenia y
Alfredo Imbaud (al Sur y al Este) y de la Universidad Nacio-
nal de Tucumán (al Norte y Oeste), hasta el empalme con la
Ruta Provincial Nº 338; por ésta y en dirección general Oes-
te hasta el empalme con la Ruta Provincial Nº 336; por ésta
y en dirección general Sur hasta el lindero de las propieda-
des de Carmelo López Toro (al Norte) y Compañía Azucarera
Ingenio Amalia (al Sur).
El límite de esta Comuna con la Comuna de Cevil Redondo
es el siguiente: desde el cruce del Canal Horco Molle con la
alambrada Este de la propiedad de la Universidad Nacional de
Tucumán, por la alambrada Nor-Este de esta propiedad, hasta
el cruce de las Altas Cumbres de San Javier con la alambrada
Nor-Oeste de la propiedad citada.
Art. 2º.- Comuníquese.-
__________
- Texto consolidado con Leyes Nº 4721, 4732, 4734, 4787,
4807,4808, 4839, 5034, 5231, 5668, 5774, 6189, 7651, 7944,
7947.-
| Modificada por Ley | 4721 |
| Modificada por Ley | 4732 |
| Modificada por Ley | 4734 |
| Modificada por Ley | 4787 |
| Modificada por Ley | 4807 |
| Modificada por Ley | 4808 |
| Modificada por Ley | 4839 |
| Modificada por Ley | 5034 |
| Modificada por Ley | 7651 |
| Modificada por Ley | 7944 |
| Modificada por Ley | 7947 |
| Consolidada por Ley | 8240 |
| Modificada por Ley | 8413 |
| Modificada por Ley | 8489 |
| Modificada por Ley | 8587 |
| Modificada por Ley | 8697 |
| Modificada por Ley | 9259 |
| Modificada por Ley | 9582 |
| Vinculada a Ley | 5231 |
| Vinculada a Ley | 5668 |
| Vinculada a Ley | 5774 |
| Vinculada a Ley | 6189 |
FIJA LAS JURISDICCIONES COMUNALES.
-TEXTO CONSOLIDADO PUBLICADO EN B.O. DEL 09/02/2010 SUPLEMENTO N° 6.