* CADUCA *
La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con
fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Se modifica la Ley Nº 5.530 (Categorías y
Límites de los Municipios del Interior) y sus modificato-
rias, como se indica a continuación:
- Modificar el Artículo 2º de la siguiente manera:
- Agregar luego de la expresión:"Cruz Alta", la ex-
presión: "Tafí del Valle".
- Reemplazar el Anexo Nº 17, por el siguiente:
"Anexo 17:
MUNICIPALIDAD DE TAFI DEL VALLE
LIMITE NORTE: Desde la intersección del Morro de Ta-
ruco con el nacimiento del Río de Los Colorados, por la lí-
nea que une este punto con la confluencia del Arroyo de las
Cañadas y Río Corrales (al Norte de la Escuela Nº 342), lue-
go por el Arroyo de las Cañadas aguas arriba hasta su na-
cimiento, y desde allí por el Cerro del Infiernillo hacia el
Norte hasta su encuentro con el Cerro El Negrito en el lími-
te con el departamento Tafí Viejo.
LIMITE ESTE: Por las cumbres del Cerro El Negrito des-
de el límite Sur de Amaicha del Valle (en la intersección
del Cerro El Infiernillo y el Cerro EL Negrito) hasta el Río
El Remate y, por este río, hasta empalmar al Río de la Cié-
naga, continuando hacia el Sur por este cauce hasta el Ce-
rro El Negrito y, por este cerro, hasta su encuentro con el
Cerro El Tafí, por el que se continúa hacia el Sur hasta el
encuentro con el nacimiento del Río Queñua Grande.
LIMITE SUR: Por el Arroyo Queñua Grande, desde las
cumbres del Cerro de Tafí hasta su intersección con la Ruta
Provincial Nº 307 en el Km 57,5 y por esta ruta, hacia el
Sur, hasta el Km 55,25, encuentro con una pirca existente
(línea de sauces) con dirección Este-Oeste y, por esta pir-
ca, hacia el Oeste hasta la cota inferior del Cerro El Pe-
lao; continuando por ésta hasta el zanjón de La Banda y por
el, Zanjón hasta la Ruta Provincial Nº 325 y, por la traza
de esta Ruta, hasta su cruce con el Río Muñoz, continuando
por el cauce del mismo hasta sus nacientes en las cumbres
del Aconquija.
LIMITE OESTE: Siguiendo por esta cota hacia el Norte
hasta el zanjón de la Banda, continuando por este zanjón ha-
cia el Oeste hasta el encuentro con la Ruta Provincial Nº
325 y, por la traza de la ruta, hasta el Río Muñoz y, por
el Río Muñoz, hacia el Oeste hasta su nacimiento (Cerro del
Aconquija).
Art. 2º.- Se modifica la Ley Nº 4.671 (Jurisdicciones Co-
munales) y sus modificatorias, en la forma que a continua-
ción se indica:
- En el Artículo 1º reemplazar en el título "DEPARTAMENTO
TAFI DEL VALLE, MUNICIPALIDAD CABECERA: Tafí del Valle", los
incisos a), b) y c), por los siguientes:
a)COMUNA DE COLALAO DEL VALLE
LIMITE NORTE: Por el límite con la Provincia de Salta,
desde las Sierras del Cajón hasta el Río Santa María.
LIMITE ESTE: Por el Río Santa María, desde el límite
con la Provincia de Salta hasta el límite con la Provincia
de Catamarca.
LIMITE SUR: Por el límite con la Provincia de Catamar-
ca, desde el Río Santa María hasta el Cerro San Francisco
(Fuerte Quemado) en las Sierras del Cajón.
LIMITE OESTE: Desde el límite con la Provincia de Ca-
tamarca (Cerro San Francisco), por las cumbres del Cerro El
Cajón, continuando por las cumbres del Cerro Quilmes y, por
éste, hasta el límite con la Provincia de Salta.
b) COMUNA de AMAICHA DEL VALLE
LIMITE NORTE: Por el límite con la Provincia de Salta,
desde el Río Santa María hasta la Cuesta de Gonzalo (límite
con Trancas).
LIMITE ESTE: Por las Cumbres Calchaquíes, desde el
límite con la Provincia de Salta hasta la intersección del
Cerro el Negrito con el Cerro del Infiernillo.
LIMITE SUR: Por el Cerro del Infiernillo, desde el Ce-
rro El Negrito hasta el nacimiento del Arroyo de La Cañada
y, aguas abajo por este cauce, hasta la confluencia de Río
Corrales y, desde este punto, por la línea que lo une con el
nacimiento del Río de Los Colorados en el Morro de Taruco,
y, por el Morro de Taruco, hasta el límite con la Provincia
de Catamarca; luego hacia el Oeste por el límite interpro-
vincial con Catamarca hasta el lecho del Río Santa María.
LIMITE OESTE: Por el Río Santa María, desde el límite
con la Provincia de Catamarca hasta el límite con la Provin-
cia de Salta.
c) COMUNA de EL MOLLAR
LIMITE NORTE: Por el Río Muñoz desde su nacimiento en
las cumbres de la Aconquija hacia el Este hasta su intersec-
ción con la Ruta Provincial Nº 325 y, por la traza de la
ruta, hacia el Norte hasta el encuentro con el zanjón de La
Banda y, por el zanjón hacia el Este hasta la cota inferior
del Cerro El Pelao y, por esta, hacia el Sur hasta la inter-
sección con la proyección de la línea de sauces y pirca y,
por esta dirección, hacia el Este, hasta interceptar la Ruta
Provincial Nº 307 en el Km 55.25 y, desde allí, por la traza
de la Ruta Provincial Nº307 hacia el Norte hasta interceptar
el Río Queñua Grande en el Km 57,5 y, por éste, hacia el Es-
te hasta las cumbres del Cerro Tafí.
LIMITE SUD-ESTE: Por las cumbres del Cerro Matadero,
desde el naciente del Río Queñua Grande, continuando por las
cumbres del Cerro Ñuñorco Grande, Ñuñorco Chico, hasta su
encuentro con el Río de la Quebrada del Portugués y, por és-
te, aguas abajo hasta su confluencia con el Río Nevado.
LIMITE SUD-OESTE: Por el Río Nevado, desde su con-
fluencia con el Río de la Quebrada del Portugués hasta el
Cerro de las Animas, límite con la Provincia de Catamarca.
LIMITE OESTE: Por el Cerro de Las Animas, desde el na-
cimiento del Río Nevado hasta el nacimiento del Río Molle
(límite con la Provincia de Catamarca).
Art. 3º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a los nueve días del mes de oc-
tubre del año dos mil siete.