La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con
fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Declárase de utilidad pública y sujeto a
expropiación una fracción de 25 ha. del inmueble ubicado en
la localidad de Los Guayacanes, departamento Juan Bautista
Alberdi, identificado en mayor extensión, según Plano de
Mensura y División N° 455, Serie Ñ del año 1981 como
fracción 1, con la siguiente Nomenclatura Catastral: Padrón
nº 166.882; Circunscripción: 2; Sección: D; Lámina: 264;
Parcela: 320 C; Matrícula: 38571; Orden: 149, e inscripto en
el Registro Inmobiliario en la Matrícula Registral N°
R-6668.
Art. 2°.- El inmueble mencionado en el Artículo 1°, será
destinado a la construcción de una Planta de Tratamientos
de Líquidos Cloacales y una Planta de Tratamiento de Lodos,
previo informe de impacto ambiental conforme lo establecido
en las Leyes N° 6253 y N° 8177.
Art. 3°.- Prescíndase del procedimiento administrativo de
advenimiento expropiatorio por razones de urgencia, conforme
lo establecido en el Art. 14 de la Ley N° 5006.
Art. 4°.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a los veintiséis días del mes de
junio del año dos mil veinticinco.