• Detalle de Ley

    Ley N°: 9893
    Tipo: GENERAL
    Estado: VIGENTE
    Categoria: CULTURA
    Sancionada: 29/05/2025
    Promulgada: 17/06/2025
    Publicada: 19/06/2025
    Boletin Of. N°: 30982

  • Texto
  • 
       La Legislatura  de  la Provincia de Tucumán, sanciona con
    fuerza de 
    
    
                          L E Y :
    
       Artículo 1º.- Créase   en  el  ámbito  del  Instituto  de
    Desarrollo Productivo  (IDEP), dependiente del Ministerio de
    Economía y  Producción   de  la  Provincia  de  Tucumán,  el
    Programa "Comisión  de  Filmaciones  de  Tucumán  (CFT)" que
    tendrá por  objeto  promover  a  la Provincia como destino y
    locación de producciones audiovisuales provenientes de otros
    lugares del país y del mundo.
    
       Art. 2º.- FUNCIONES.  Serán  funciones  de la Comisión de
    Filmaciones de Tucumán: 
    
         a) Implementar  políticas públicas para la promoción de
         la Provincia  como  destino  de   filmaciones, con   el
         objetivo  de  incrementar el  impacto  económico  de la
         industria  audiovisual  en  la  Provincia  de  Tucumán,
         promoviendo    la  contratación  de   profesionales   y
         servicios   locales,  buscando  generar   inversión   y
         promoción turística;
         b) Brindar    asesoramiento   a   las      producciones
         audiovisuales  que   buscan  desarrollarse  en Tucumán,
         poniendo  en  conocimiento  la  normativa    existente,
         recursos  humanos  y técnicos, requisitos  para obtener
         permisos de filmación y toda información relevante para
         los desarrolladores. En todos los trámites y  gestiones
         que deba realizar una productora se priorizará  siempre
         la celeridad, efectividad, rapidez, siendo  la Comisión
         un articulador entre el estado provincial,  municipal y
         comunal;
         c) Realizar  Convenios  de  Cooperación  con  entidades
         públicas  y privadas, provincias, municipios y comunas,
         con organismos  del sector  académico, con  comisiones
         fílmicas de otras provincias, de la región y del mundo;
         d) Elaborar  y publicar catálogos que sirvan  de guía a
         las productoras audiovisuales tales como:
         - Catálogo de locaciones naturales y urbanas que puedan
         ser de interés a los  realizadores,  como  por  ejemplo
         caminos, paisajes, edificios históricos, etc.;
         - Catálogos de profesionales y equipamiento,  donde  se
         podrá  consultar  técnicos  del  rubro,  servicios   de
         producción, rentals  de equipamientos  y  empresas  del
         sector;
         - Catálogo de servicios y empresas de utilidad para las
         producciones,   hotelería,  alojamiento,   gastronomía,
         inmobiliarias, imprentas, fletes  y  traslados,  taxis,
         salas de cine, empresas de seguridad, etc;
         e) Generar programas y acuerdos de colaboración con
         entidades educativas y profesionales para fortalecer la
         capacitación de los recursos humanos locales.
         f) Participar en mercados,  festivales y eventos  de la
         industria   audiovisual  a fin   de  promocionar  a  la
         Provincia y sus recursos estratégicos, para  atraer las
         producciones al territorio;
         g) Capacitar  a  agentes  provinciales,  municipales  y
         comunales sobre el  impacto  económico  que  genera  la
         actividad,   promocionando la actividad  audiovisual  y
         difundiendo su importancia;
         h) Elaborar un manual de buenas prácticas para rodajes.
    
       Art. 3º.- INTEGRANTES.  La  Comisión  de  Filmaciones  de
    Tucumán   estará  integrada  por  un (1) Presidente y un (1)
    Consejo Asesor.  El    Presidente   tendrá  a  su  cargo  la
    dirección, coordinación  y representación de la Comisión. El
    Presidente será designado por el Directorio del IDEP.
    
       Art. 4º.- CONSEJO  ASESOR.  El Presidente de la  Comisión
    de   Filmaciones  de Tucumán designará un Consejo Asesor que
    estará integrado por: 
    
         . Un (1)     representante  del  Consejo   de     Artes
         Audiovisuales de Tucumán (Ley Provincial  de  Promoción
         Audiovisual Nº 9578);
         . Un (1) representante del Ente Tucumán Turismo;
         . Un (1) representante del Ministerio de Interior de la
         Provincia;
         . Cuatro (4)   representantes  del  sector  profesional
         audiovisual de Tucumán,  dos  (2)  titulares y  dos (2)
         suplentes,    pertenecientes   a  entidades  legalmente
         constituidas.
       La tarea  que  desempeñen  los  integrantes  del  Consejo
    Asesor  será ad honorem.
    
       Art. 5º.- FUNCIONES DEL CONSEJO ASESOR. El Consejo Asesor
    tendrá como funciones: 
    
         a) Dictar su Reglamento Interno;
         b) Asesorar al Presidente de la Comisión de Filmaciones
         de  Tucumán   en  todos  los  asuntos   inherentes   al
         desarrollo  de la industria audiovisual en la Provincia
         y,  a  través  de  él, al Directorio  deI IDEP,  cuando
         corresponda;
         c) Servir  como  foro intersectorial para discutir  las
         iniciativas relacionadas con el objeto de  la  presente
         Ley; .
         d) Visitar  sets de  filmación   e indagar  sobre   los
         inconvenientes   que  pueda  estar  atravesando  alguna
         producción  audiovisual para  articular y facilitar  la
         solución de los mismos.
    
       Art. 6º.- Comuníquese.
       Dada en  la  Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
    de   la Provincia de Tucumán, a los veintinueve días del mes
    de mayo del año dos mil veinticinco.
    

  • Relaciones

    Vinculada con Ley 7594

  • Resumen

    CRÉA EL PROGRAMA "COMISIÓN DE FILMACIONES DE TUCUMÁN (CFT)" QUE TENDRÁ POR OBJETO PROMOVER A LA PROVINCIA COMO DESTINO Y LOCACIÓN DE PRODUCCIONES AUDIOVISUALES PROVENIENTES DE OTROS LUGARES DEL PAÍS Y DEL MUNDO.

  • Observaciones