La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con
fuerza de
LEY:
Artículo 1°.- Modifícase la Ley N° 9179 y su
modificatoria, en la forma que, a continuación se indica:
- Incorporar como Art. 19 nuevo, el siguiente:
"Art. 19.- Autorízase al Poder Ejecutivo a efectuar las
adecuaciones presupuestarias que resulten necesarias para el
cumplimiento de la presente Ley."
- El Art. 19 pasa a ser "Art. 20.- Comuníquese."
Art. 2°.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a los trece días del mes de
octubre del año dos mil veintidós.