• Detalle de Ley

    Ley N°: 8674
    Tipo: NO GENERAL
    Estado: VIGENTE
    Categoria: NO GENERALES - PUBLICO MUNICIPAL Y COMUNAL
    Sancionada: 11/04/2014
    Promulgada: 29/04/2014
    Publicada: 08/05/2014
    Boletin Of. N°: 28260

  • Texto
  •    La Legislatura  de  la Provincia de Tucumán, sanciona con
    fuerza de 
    
    
                              L E Y :
    
    
       Artículo 1°.- Declárase  de  utilidad  pública y sujeto a
    expropiación la  Fracción  Nº  1  del inmueble ubicado en la
    intersección de Ruta Provincial Nº 301 y Avenida Roca, de la
    ciudad  de  San  Isidro  de  Lules,  departamento  Lules, de
    propiedad de  la    firma    Sociedad  de  Cementos  Armados
    Centrifugados S.A,  o  de  quien  fuere su actual titular de
    dominio, y  que  según  Plano  de  División  Nº 203, Serie F
    consta de las siguientes medidas y linderos:
    
       NORTE:  Línea  quebrada  317,50 m.;  31,00 m.;  30,75 m.;
       30,75 m.;  30,75 m.;  154,40 m.;  6,60 m.; 100,00 m., con
       Avenida Roca y Ferrocarriles Gral. Belgrano.
       SUR:	632,45 m., con José Minetti y Cía. S.A.
       ESTE: 209,70 m., con ocupantes varios de la Fracción 2.
       OESTE: 208,40 m., con ex Ruta 38 (actual Ruta 301)
    
       Identificado  con  la  siguiente  Nomenclatura Catastral:
    Circunscripción II,  Sección  F, Lámina: 103, Parcela: 68 J,
    Matrícula: 4727, Orden: 1251, Padrón Nº: 277.865 e inscripto
    en  el  Registro  Inmobiliario  en la Matrícula F-00022. Con
    una superficie aproximada de 14 ha. 1258,358700 m.2.
    
       Art. 2°.- El  sujeto expropiante será la Municipalidad de
    Lules,  quien  procederá    al   parcelamiento  y  posterior
    transferencia en  venta  a  sus  actuales  ocupantes, en las
    condiciones y  plazos    que   determine,  prohibiéndose  al
    adjudicatario la enajenación a cualquier título del inmueble
    hasta la cancelación total del precio establecido.
    
       Art. 3°.- Derógase la Ley N° 8503.
    
       Art. 4°.- Comuníquese.
       Dada en la Sala de Sesiones  de la  Honorable Legislatura
    de la Provincia de Tucumán, a los once días del mes de abril
    del año dos mil catorce.

  • Relaciones

    Deroga a Ley 8503

  • Resumen

    DECLARA DE UTILIDAD PÚBLICA Y SUJETA A EXPROPIACIÓN UNA FRACCIÓN DE INMUEBLE LOCALIZADO EN LA CIUDAD DE LULES, DESTINADA AL PARCELAMIENTO Y VENTA A SUS ACTUALES OCUPANTES. PADRÓN N° 277.865. DEROGA LEY N° 8503.

  • Observaciones