La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con
fuerza de
L E Y :
Artículo 1°.- Autorízase al Interventor del Instituto
Provincial de Vivienda y Desarrollo Urbano, a contratar en
forma directa la construcción de las 2.500 (dos mil
quinientas) viviendas del Proyecto Manantial Sur.
Art. 2°.- Ninguna empresa podrá resultar adjudicataria de
la construcción de más de 110 (ciento diez) viviendas.
Art. 3°.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a los catorce días del mes de
febrero del año dos mil trece.