La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con
fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- A los fines de permitir el acogimiento de
los tenedores de los Títulos emitidos de conformidad con la
autorización de la Ley Nº 8249, a la operatoria de rescate
anticipado con quita en moneda dólar estadounidenses,
suspéndese por un plazo de noventa (90) días corridos el
pago del vencimiento del día 5 de Diciembre de 2012. Durante
el transcurso de esta suspensión, los tenedores podrán
voluntariamente acogerse a las condiciones del mencionado
rescate anticipado o aceptar su pago en pesos; quienes así
lo hagan deberán renunciar en forma expresa a cualquier tipo
de acción judicial en contra del Estado Provincial.
Art. 2º.- La presente Ley entrará en vigencia a partir de
la fecha de su promulgación.
Art. 3º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a los veintitrés días del mes
de noviembre del año dos mil doce.