• Detalle de Ley

    Ley N°: 8543
    Tipo: GENERAL
    Estado: VIGENTE
    Categoria: LEGISLACION GENERAL
    Sancionada: 31/10/2012
    Promulgada: 20/11/2012
    Publicada: 28/11/2012
    Boletin Of. N°: 27911

  • Texto
  •    La Legislatura  de  la Provincia de Tucumán, sanciona con
    fuerza de 
    
    
                              L E Y :
    
    
       Artículo 1º.- Modifícase  la  Ley  Nº  7566  (Colegio de
    Profesionales en  Educación  Física),  en  la  forma  que  a
    continuación se detalla: 
    
       1) Sustituir el Art. 2º, por el siguiente:
    
       “Art. 2º.-  Los  profesionales de Educación Física podrán
    ejercer las actividades previstas en las incumbencias de sus
    títulos, cuando   estén    debidamente  matriculados  en  el
    Colegio de Profesionales en Educación Física.
       Exceptúase el ejercicio de la docencia de lo dispuesto en
    el  párrafo precedente.” 
    
       2) Sustituir el Art. 4º, por el siguiente texto:
    
       “Art. 4º.-  El  ejercicio  de  la  docencia  en todos los
    niveles   y modalidades del Sistema Educativo Provincial, no
    requiere la  matriculación prevista por la presente Ley y es
    regulado por  las    disposiciones  de  las  Leyes  Nº  3470
    (Estatuto del  Docente),    Nº    8391  (Ley  Provincial  de
    Educación) y  sus  normas complementarias y reglamentarias y
    todas otras  leyes  que  en  el  futuro  se  dicten sobre la
    materia.” 
    
       Art. 2°.- Comuníquese.
       Dada en  la  Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
    de la Provincia de Tucumán, a los treinta y un días del  mes
    de octubre del año dos mil doce.
    
    

  • Relaciones

    Modifica a Ley 7566

  • Resumen

    MODIFICA LEY N° 7566 -COLEGIO DE PROFESIONALES EN EDUCACIÓN FÍSICA-.

  • Observaciones