• Detalle de Ley

    Ley N°: 8532
    Tipo: GENERAL
    Estado: VIGENTE
    Categoria: POLITICO - CONSTITUCIONAL
    Sancionada: 17/10/2012
    Promulgada: 25/10/2012
    Publicada: 29/10/2012
    Boletin Of. N°: 27890

  • Texto
  •    La Legislatura  de  la Provincia de Tucumán, sanciona con
    fuerza de 
    
    
                              L E Y :
    
    
       Artículo 1°.- Modifícase   la    Ley   N°  7876  -Régimen
    Electoral  Provincial- en la forma y artículos que se indica
    a continuación: 
    
         1) Sustituir en los párrafos 1° y 2° del Artículo
            1°, las expresiones: "dieciocho (18) años
            cumplidos", por "dieciseis (16) años cumplidos".
         2) Incorporar como inciso 5. del Artículo 9°, el
            siguiente:
            "5. Los electores de 16 y 17 años".
         3) Reemplazar en el primer párrafo del Artículo 11,
            la expresión: "dieciocho (18) años de edad", por
            "dieciseis (16) años de edad".
    
       Art. 2°.- Comuníquese.
       Dada en  la  Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
    de la  Provincia de Tucumán, a los  diecisiete  días del mes
    de octubre del año dos mil doce.
    

  • Relaciones

    Modifica a Ley 7876

  • Resumen

    MODIFICA LEY N° 7876 -RÉGIMEN ELECTORAL PROVINCIAL-. (VOTO A LOS 16 AÑOS)

  • Observaciones

    -SENTENCIA 292 DE LA CÁMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SALA III, DE FECHA 19-05-2015 - DECLARA LA INCONSTITUCIONALIDAD DE LEY 8532.
    -SENTENCIA 434 DE LA CÁMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SALA III, DE FECHA 22-07-2015 - CONCEDE RECURSO DE CASACION.
    -SENTENCIA 898 DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA-SALA LABORAL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO, DE FECHA 22-08-2015 - NO HACE LUGAR A LA SENTENCIA 292 DE FECHA 19-05-2015. -