• Detalle de Ley

    Ley N°: 845
    Tipo: GENERAL
    Estado: DEROGADA
    Categoria: ADMINISTRATIVO
    Sancionada: 31/12/1902
    Promulgada: 05/01/1903
    Publicada:
    Boletin Of. N°: 0

  • Texto
  •  * DEROGADA *
    
       El Senado  y  Cámara  de  Diputados  de  la  Provincia de
    Tucumán, sancionan con fuerza de
    
                                L E Y:
    
       Artículo 1º.- Desde el 1º de Enero  de 1903, la Tesorería
    de la  Provincia formará parte de la Contaduría General; así
    mismo, la  Dirección  General  de Rentas quedará suprimida y
    sus funciones pasan a ser de la Contaduría General, así como
    las atribuciones  que  por  leyes o decretos se confieren al
    Director General  de  Rentas,  quedan  a  cargo del Contador
    General de la Provincia.
    
       Art. 2º.- La Contaduría General estará dividida en cuatro
    secciones denominadas  de Control, Contabilidad, Recaudación
    y Tesorería,  bajo la dirección inmediata del Contador Gene-
    ral y demás empleados que determine la Ley de Presupuesto.
    
       Art. 3º.- El P. E. reglamentará la presente ley.
    
       Art. 4º.- Comuníquese al P. E.
    
       Dada en  la  Sala  de  Sesiones  de  la H. Legislatura, a
    treinta y uno de Diciembre de mil novecientos dos.-
    
    

  • Relaciones

    Derogada por Ley 878

  • Resumen

    TRANSFIERE LA TESORERÍA A CONTADURÍA GENERAL DE LA PROVINCIA -SUPRIME LA DIRECCIÓN DE RENTAS Y ESTABLECE QUE SUS FUNCIONES PASAN A CONTADURÍA GENERAL.-

  • Observaciones

    COMPILACION DE LEYES Y DECRETOS- TOMO 25- PAGINA 308.-