* DEROGADA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de
Tucumán, sancionan con fuerza de
L E Y:
Artículo 1º.- Desde el 1º de Enero de 1903, la Tesorería
de la Provincia formará parte de la Contaduría General; así
mismo, la Dirección General de Rentas quedará suprimida y
sus funciones pasan a ser de la Contaduría General, así como
las atribuciones que por leyes o decretos se confieren al
Director General de Rentas, quedan a cargo del Contador
General de la Provincia.
Art. 2º.- La Contaduría General estará dividida en cuatro
secciones denominadas de Control, Contabilidad, Recaudación
y Tesorería, bajo la dirección inmediata del Contador Gene-
ral y demás empleados que determine la Ley de Presupuesto.
Art. 3º.- El P. E. reglamentará la presente ley.
Art. 4º.- Comuníquese al P. E.
Dada en la Sala de Sesiones de la H. Legislatura, a
treinta y uno de Diciembre de mil novecientos dos.-