La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con
fuerza de
L E Y :
Artículo 1°.- Autorízase al Poder Ejecutivo a transferir
a título gratuito a sus actuales ocupantes un inmueble de
propiedad del Superior Gobierno de la Provincia, ubicado en
la ciudad de San Miguel de Tucumán, identificado según Plano
de Mensura Nº 999, Serie M, con la siguiente nomenclatura
catastral: Padrón Nº 137625; Matrícula 9682; Orden 4957,
Circunscripción I; Sección 18 B; Lámina 52; Parcela 5, e
inscripto en el Registro Inmobiliario en la Matrícula
Registral S-07059, con una superficie aproximada de
9.946,8896 mts.2.
Art. 2º.- La Subsecretaría de Regularización Dominial y
Hábitat realizará los trabajos de planimetría, relevamiento
social y determinación de los ocupantes del predio
mencionado en el artículo precedente.
Art. 3º.- Escribanía de Gobierno elaborará, sin cargo,
las escrituras traslativas de dominio.
Art. 4º.- Autorízase al Director de Catastro, a suscribir
en representación del Superior Gobierno de la Provincia,
las escrituras traslativas de dominio.
Art. 5º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a los quince días del mes de
diciembre del año dos mil diez.