La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con
fuerza de
L E Y :
Artículo 1°.- Autorízase al Poder Ejecutivo a transferir
a título gratuito a sus actuales ocupantes un inmueble de
propiedad del Superior Gobierno de la Provincia, ubicado en
la ciudad de San Miguel de Tucumán, identificado con la
siguiente nomenclatura catastral: Padrón Nº 230697;
Matrícula 9681; Orden 5685, Circunscripción I; Sección 18 B;
Lámina 41; Parcela 3 G, e inscripto en el Registro
Inmobiliario en la Matrícula Registral S-37099.
Art. 2º.- La Subsecretaría de Regularización Dominial y
Hábitat realizará los trabajos de planimetría, relevamiento
social y determinación de los ocupantes del predio
mencionado en el artículo precedente.
Art. 3º.- Escribanía de Gobierno elaborará, sin cargo,
las escrituras traslativas de dominio.
Art. 4º.- Autorízase al Director de Catastro a suscribir,
en representación del Superior Gobierno de la Provincia,
las escrituras traslativas de dominio.
Art. 5º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a los quince días del mes de
diciembre del año dos mil diez.