• Detalle de Ley

    Ley N°: 8378
    Tipo: GENERAL
    Estado: VIGENTE
    Categoria: CONSTITUCIONAL
    Sancionada: 30/11/2010
    Promulgada: 02/12/2010
    Publicada: 06/12/2010
    Boletin Of. N°: 27422

  • Texto
  •    La Legislatura  de  la Provincia de Tucumán, sanciona con
    fuerza de 
    
    
                              L E Y :
    
    
       Artículo 1°.- Modifícase el Artículo 13 de la Ley Nº 8197
    y   su modificatoria, el que queda redactado de la siguiente
    manera: 
    
         "Art. 13.- En el  Reglamento Interno del CAM deberá es-
         tablecerse el procedimiento y  los criterios en  base a
         los  cuales se evaluarán las distintas etapas de la se-
         lección de postulantes. No obstante ello, se establecen
         como puntaje máximo, los siguientes:
    
          1) Para la  evaluación  de antecedentes: hasta 35 pun-
             tos.
          2) Para la prueba de oposición: hasta 55 puntos.
          3) Para la entrevista personal: hasta 10 puntos.
    
         Una vez calificados los  antecedentes y la prueba de o-
         posición, los postulantes que hubieran obtenido un pun-
         taje mínimo de cincuenta y cuatro (54) puntos en total,
         pasan a la siguiente etapa siendo entrevistados por el
         CAM, siempre que en la prueba de oposición hubieran al-
         canzado una calificación igual o superior a veintisiete
         (27) puntos sobre el puntaje máximo establecido de cin-
         cuenta y cinco (55) puntos."
    
       Art. 2º.- Comuníquese.
       Dada en  la  Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
    de la  Provincia de Tucumán, a los treinta  días  del mes de
    noviembre del año dos mil diez.

  • Relaciones

    Modifica a Ley 8197

  • Resumen

    MODIFICA EL ARTICULO 13 DE LA LEY N° 8197 -CONSEJO ASESOR DE LA MAGISTRATURA (CAM)-.

  • Observaciones