• Detalle de Ley

    Ley N°: 8327
    Tipo: GENERAL
    Estado: VIGENTE
    Categoria: PUBLICO MUNICIPAL Y COMUNAL
    Sancionada: 20/08/2010
    Promulgada: 24/08/2010
    Publicada: 27/08/2010
    Boletin Of. N°: 27355

  • Texto
  • La Legislatura de la  Provincia  de Tucumán, sanciona con
    fuerza de
    
    
                             L E Y :
    
    
       Artículo 1º.- Apruébase en todos sus términos, el Decreto
    con invocación  a Necesidad y Urgencia Nº 13/3 (ME) de fecha
    17 de Agosto de 2010, mediante el  cual se faculta  al Poder
    Ejecutivo a suscribir convenios con las Comunas Rurales para
    realizar obras en jurisdicción comunal, por hasta la suma de
    Pesos  Veinte Millones ($20.000.000.-) con fondos provenien-
    tes del Fondo Federal  Solidario y de recursos  recaudados a
    través de la Dirección General de Rentas.
    
       Art. 2º.- Comuníquese.-
       Dada en la Sala de Sesiones de  la  Honorable Legislatura
    de la Provincia de Tucumán, a los veinte días del mes  de a-
    gosto del año dos mil diez.
    
    
                   San Miguel de Tucumán, 17 de agosto de 2010.-
    
    
    DECRETO-ACUERDO Nº 13/3(M.E)
    EXPEDIENTE 544/369/2010
    
                           VISTO que se hace necesario continuar
    con el plan de obras en jurisdicción comunal,
    
                           CONSIDERANDO:
                           Que atento al compromiso que  ha asu-
    mido el Poder Ejecutivo Provincial de adoptar todas las  me-
    didas que sean necesarias y adecuadas  para dar una oportuna
    y rápida respuesta a las necesidades de todos los habitantes
    de esta provincia, se hace necesario ejecutar y/o dar conti-
    nuidad a las obras, las cuales  son de constante  necesidad,
    brindando con ellas soluciones y mejorando la calidad de vi-
    da de los distintos sectores de nuestra Provincia.
                           Que asimismo resulta  del caso desta-
    car que según consta en nota adjunta, y en virtud al informe
    emitido por la Secretaría de Estado de Fiscalización y  con-
    trol de Gestión, a través de  la Dirección  de Control de O-
    bras y Servicio Público Municipales y Comunales sobre el re-
    levamiento efectuado en las 93 Comunas de nuestra provincia,
    resulta  necesario abordar, en forma urgente y eficiente, un
    plan de acción tendiente a proveer soluciones en materia sa-
    nitaria, vial, de vivienda, agua, iluminación,  hospitalaria
    y/o cualquier otra obra esencial en la medida que redunde en
    un beneficio directo en la población, posibilitando  mejorar
    su calidad de vida.
                           Que si bien es cierto que para  la a-
    dopción de tal medida es necesario el dictado de una Ley, no
    es menos la premura con que debe darse solución a cuestiones
    fundamentales, imprescindibles e ineludibles de nuestra Pro-
    vincia, a fín de garantizar el bienestar de la comunidad, lo
    cual amerita el dictado de un Decreto de Necesidad  y Urgen-
    cia, cuya existencia tiene apoyatura  doctrinaria, jurispru-
    dencial  e incluso constitucional en el artículo 101 inc. 2º
    de la Constitución Provincial.
    
                           Por ello, y  en  mérito  al  dictamen
    Fiscal Nº 1674 de  fecha 12 de Agosto de 2010 obrante en au-
    tos.
    
                      EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
                        EN ACUERDO CON MINISTROS 
                                DECRETA:
    ARTICULO 1º.- Facúltase  al Poder Ejecutivo a suscribir con-
    venios con las comunas Rurales de la Provincia con el objeto
    de realizar obras  en jurisdicciones comunales por  hasta la
    suma  de VEINTE MILLONES DE  PESOS ($20.000.000), con fondos
    provenientes  del Fondo Federal Solidario y de recursos  re-
    caudados  a través de la Dirección  General de Rentas  de la
    Provincia.
    ARTICULO 2º.- Déjase  establecido que las Obras a realizarse
    en el marco del presente Decreto Acuerdo, con  recursos pro-
    venientes del Fondo  Federal Solidario, deberán  ser las  e-
    nunciadas por el  Decreto de  Necesidad y Urgencia  Nacional
    Nº 206/2009  del 19/03/2010, al cual se ha adherido la  Pro-
    vincia mediante  Decreto de  Necesidad  y  Urgencia  Nº 14/3
    (M.E) del 23/03/2009, ratificado por Ley Nº 8174.
    ARTICULO 3º.- Las Obras objeto del presente Decreto Acuerdo,
    podrán realizarse por administración o por terceros. Los or-
    ganismos ejecutores quedan facultados a  contratar en  forma
    directa la ejecución de las obras por  terceros y/o los ser-
    vicios y bienes  necesarios para  la ejecución  de las obras
    por administración.
    ARTICULO 4º.- Los Convenios a que se refiere  el artículo 1º
    deberán contener cláusulas que  establezcan el tipo  de Obra
    que se financiaran con  los  fondos que  se asignen, y demás
    condiciones necesarias para el cumplimiento de  lo dispuesto
    precedentemente.
    ARTICULO 5º.- Los fondos que se  asignaren en virtud  de los
    Convenios firmados en el marco del presente Decreto Acuerdo,
    serán  canalizados y rendidos a través  del Fondo Fiduciario
    Comunal, el que se incrementará en la suma establecida en el
    artículo 1º del presente Decreto Acuerdo. Déjase establecido
    que éstos fondos son de carácter no reintegrable.
    ARTICULO 6º.- A los fines del cumplimiento del  presente De-
    creto Acuerdo autorízase  al  Poder Ejecutivo a  disponer de
    los  fondos provenientes de la Ley Nº 7.959, quedando excep-
    tuado  en  este caso  y por los montos  que se apliquen, del
    cumplimiento  del  artículo 1º del  Decreto Acuerdo  Nº 45/3
    (ME) del 23 de Noviembre de 2009.-
    ARTICULO 7º.- Dése intervención  a la  Honorable Legislatura
    de Tucumán, en cumplimiento a lo dispuesto  por el  artículo
    101 inc.2º de la Constitución Provincial.
    ARTICULO 8º.- El presente  Decreto  Acuerdo será  refrendado
    por los Señores Ministros de Gobierno y  Justicia, de Econo-
    mía, de Desarrollo Productivo, de  Salud Pública, de Seguri-
    dad Ciudadana, de Educación, de Desarrollo Social, del Inte-
    rior y firmado por el Señor Secretario General de la  Gober-
    nación.
    ARTICULO 9º.- Dese al Registro Oficial de Leyes y  Decretos,
    comuníquese, publíquese en  el Boletín  Oficial y archívese.         
                     
    

  • Relaciones

    Ratifica DECRETO ACUERDO 13-3-ME-2010
    Vinculada con Ley 7959
    Vinculada con Ley 8174

  • Resumen

    APRUEBA EL DECRETO DE NECESIDAD Y URGENCIA N° 13/3-2010 -FACULTA AL PODER EJECUTIVO A SUSCRIBIR CONVENIOS CON LAS COMUNAS RURALES PARA REALIZAR OBRAS, CON FONDOS DEL FONDO FEDERAL SOLIDARIO Y RECURSOS DE RENTAS.

  • Observaciones

    -DCTO. 3151/3-10 (BO.13/10/10) FACULTA A LA SECRETARÍA DE HACIENDA A ACREDITAR FONDOS EN CUENTAS DE MUNICIPIOS Y COMUNAS.
    -DCTO. 535/3-11 (BO.23/03/11) HABILITA LA SOLICITUD DE FONDOS HASTA LA PERCEPCIÓN DE RECURSOS DEL FONDO SOLIDARIO.
    -DCTO.NAC.756/2018 DEROGA DCTO.NAC.206/2009.-