* CONSOLIDADA *
Artículo 1º.- Declárase de utilidad pública y sujeto a
expropiación la fracción Nº 1 del inmueble ubicado en la in-
tersección de Ruta Provincial Nº 301 y Avenida Roca, de la
ciudad de San Isidro de Lules, Departamento Lules, de pro-
piedad de la firma Sociedad de Cementos Armados Centrifuga-
dos S.A, o de quien fuere su actual titular de dominio, y
que según plano de división Nº 203 Serie F, consta de las
siguientes medidas y linderos:
Norte: en línea quebrada 317,50 metros; 31 metros; 30,75
metros; 30,75m; 30,75m; 154,40m; 6,60m; 100m. Linda con Ave-
nida Roca y Ferrocarril General Belgrano.
Sur: 632,45 metros. Linda con José Minetti y Cía. S.A. Este:
209,70 metros. Linda con ocupantes varios de la Fracción 2.
Oeste: 208,40 metros.Linda con ex Ruta Nº 38 (Actual Ruta
Nº 301).
Identificado con la siguiente nomenclatura catastral:
Circunscripción II, Sección F, Lámina 103, Parcela 68 J, Ma-
trícula y Orden: 4227 / 1251 y Padrón Nº 277.865 e inscripto
en el Registro Inmobiliario en la Matrícula F-00022. Con una
superficie de 14 Has. 1258,358700 metros cuadrados.
Art. 2º.- El Poder Ejecutivo, a través del organismo com-
petente procederá al parcelamiento y posterior transferencia
en venta a sus actuales ocupantes, en las condiciones y pla-
zos que determine, prohibiéndose al adjudicatario la enaje-
nación a cualquier título del inmueble, hasta la cancelación
total del precio establecido.
Art. 3º.- Comuníquese.-
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- Texto consolidado con Ley N° 7616.-