• Detalle de Ley

    Ley N°: 7127
    Tipo: NO GENERAL
    Estado: VIGENTE
    Categoria: NO GENERALES
    Sancionada: 05/04/2001
    Promulgada: 27/04/2001
    Publicada: 09/05/2001
    Boletin Of. N°: 25025

  • Texto
  •    La Legislatura de la  Provincia  de Tucumán, sanciona con
    fuerza de
    
                              L E Y :
    
       Artículo 1º.- Transfiérese al Instituto  Provincial de la
    Vivienda y Desarrollo  Urbano una fracción  del  inmueble de
    propiedad del  Superior Gobierno  de la Provincia ubicado en
    la localidad de  El Mollar departamento Tafí del Valle, com-
    puesto, según plano, de las siguientes medidas y linderos:
    
              Lado 1-2= 93,74 mts.; Lado 2-3= 101,52  mts.; Lado
              3-4= 45,77 mts.; Lado  4-5= 23,59 mts.; Lado  5-6=
              46,62 mts.; Lado  6-7= 50,75 mts.; Lado 7-8= 28,10
              mts.; Lado  8-9= 255,28  mts.;  Lado  9-10= 196,98
              mts.; Lado  10-11= 171,09 mts.; Lado  11-1= 162,71
              mts.;
       Linderos: Norte: Ruta Provincial Nº 355; Sur, Este y Oes-
    te, Superior  Gobierno de  la Provincia, con una  superficie
    de: 7 Ha. 3688,6484 m2.
    
       Identificada, la mayor extensión, con la siguiente Nomen-
    clatura  Catastral: Padrón: 483.137; Matrícula  35234; Orden
    425; Parcela:  116-A-(94); Circunscripción:  III; Serie:  D;
    Lámina: 287; e inscripto  el dominio, en mayor extensión, en
    el Registro Inmobiliario en la Matrícula Registral, T-5424 a
    nombre del Superior Gobierno de la Provincia.
    
       Art. 2º.- Desaféctase de  las disposiciones  establecidas
    en la Ley Nº 6.015 y transfiérese al Instituto Provincial de
    la Vivienda y  Desarrollo  Urbano, una fracción del inmueble
    de propiedad del  Superior Gobierno de la Provincia  ubicado
    en la  localidad de Villa  Quinteros, departamento Monteros,
    compuesto de las siguientes medidas y linderos:
    
              Lado A-B: 254,04 mts.; Lado B-C: 118,00 mts.; Lado
              C-D: 243,07 mts; Lado D-A: 118,52 mts.;
    
       Linderos: Norte, Superior  Gobierno de la Provincia. Sur:
    Barrio 40 Viviendas e  Infraestructura, calle  de por medio.
    Este: Ruta Nacional Nº 38 y  Oeste: Superior  Gobierno de la
    Provincia. Con una superficie de 2 hectáreas 9.330,7214 m2.
    
       Identificada la  mayor extensión, según  Plano Nº 31.617,
    con la  siguiente  Nomenclatura  Catastral: Padrón: 242.667;
    Matrícula: 16.560 Orden: 967; Parcela: 8 c; Circunscripción:
    II; Sección: F; Lámina: 354  e inscripto el dominio en mayor
    extensión, en el Registro  Inmobiliario en la  Matrícula Re-
    gistral: M-4325.
    
       Art. 3º.- Los Inmuebles descriptos  en los artículos 1º y
    2º, serán destinados a la ejecución de planes habitacionales
    para habitantes de escasos recursos.
    
       Art. 4º.- El precio  de venta, requisitos  exigidos, pro-
    hibiciones, plazos y cuotas  de amortización, serán  las que
    fije el organismo ejecutor, en concordancia con la normativa
    legal vigente.
    
       Art. 5º.- Comuníquese.
       Dada en la Sala de  Sesiones de la  Honorable Legislatura
    de la Provincia de Tucumán, a lo cinco días del mes de abril
    del año dos mil uno.
    

  • Relaciones

    Vinculada a Ley 6015

  • Resumen

    TRANSFIERE AL INSTITUTO PROVINCIAL DE LA VIVIENDA Y DESARROLLO URBANO FRACCIONES DE DOS INMUEBLES DE PROPIEDAD DEL GOBIERNO DE LA PROVINCIA, DESTINADOS A LA EJECUCIÓN DE PLANES HABITACIONALES PARA HABITANTES DE ESCASOS RECURSOS.

  • Observaciones

    -DCTO. 2616/1-2002-B.O.24-02-03
    TRANSFERENCIA EN DONACION