* CADUCA *
La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con
fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Créase en el Centro Judicial de la Ciudad
de Concepción, una Defensoría Oficial en lo Civil y Laboral.
Art. 2º.- La Ley de Presupuesto de la Administración Pú-
blica Provincial correspondiente al Ejercicio 1994, contem-
plará los cargos y créditos que demanden la ejecución de lo
dispuesto en el artículo precedente.
Art. 3º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a los treinta días del mes de
Junio de mil novecientos noventa y cuatro.