* DEROGADA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Derógase la Ley número 5.575.
Art. 2º.- Declárase a la Provincia de Tucumán adherida a
las disposiciones de las leyes nacionales Nº 13.893 y
14.224, actualmente en vigencia en el ámbito nacional.
Art. 3º.- Comuníquese.
Dada en la sala de sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a los veintisiete días del mes
de mayo de mil novecientos ochenta y ocho.