* DEROGADA *
VISTO la sanción de la Ley Nacional Nº 22.934, Ley Nacio-
nal de Tránsito y lo actuado en Expediente Nº 2294/110-M-83,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TUCUMAN
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
L E Y :
Artículo 1º.- Adhiere la Provincia de Tucumán a la Ley
Nacional de Tránsito Nº 22.934.
Art. 2º.- Esta adhesión entrará en vigencia una vez que
se reglamente por parte del Poder Ejecutivo Provincial, la
citada Ley conforme lo faculta su artículo 3º.
Art. 3º.- Declárase de aplicación la presente ley, en to-
da la Provincia e invítase a los Municipios a adoptar para
sí la misma y su reglamentación municipal, de conformidad
con lo dispuesto por el Artículo 131 de la Constitución de
la Provincia.
Art. 4º.- Créase el Consejo Provincial para la Seguridad
y la Educación en el Tránsito, el que dependerá funcional-
mente de la Secretaría de Estado de Obras y Servicios Públi-
cos, y estará integrado por representantes de las siguientes
reparticiones: Secretaría de Estado del Interior; Secretaría
de Estado de Educación y Cultura; Secretaría de Estado de
Turismo y Deportes; Subsecretaría de Información Pública;
Municipalidad de San Miguel de Tucumán; Policía de Tucumán;
Dirección General de Autotransporte; Dirección Provincial
de Vialidad. Su finalidad y organización serán la que esta-
blezca la reglamentación de la presente.
Art. 5º.- Serán autoridades de comprobación los organis-
mos técnicos específicos en la materia Provinciales y Muni-
cipales conforme lo establezcan las reglamentaciones provin-
ciales.
Art. 6º.- Será Juez competente para entender en los re-
cursos previstos en el Artículo 20º de la Ley 22.934, la
Justicia Provincial en lo Correccional, el que actuará como
Tribunal de única instancia.
Art. 7º.- Derógase la Ley 2489 y toda otra norma que se
oponga a la presente.
Art. 8º.- Téngase por Ley de la Provincia, cúmplase, co-
muníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese en
el Registro Oficial de Leyes y Decretos.