* DEROGADA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán sancionan con fuerza de
L E Y :
Artículo 1º- Sustitúyese en el artículo 40 de la Ley Nº
5.529, Orgánica de las Municipalidades, "treinta días" por
"sesenta días".
Art. 2º- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de Tucumán, a diez días del mes de Enero de mil novecientos
ochenta y cuatro.-