• Detalle de Ley

    Ley N°: 5362
    Tipo: GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: LEGISLACION GENERAL
    Sancionada: 08/01/1982
    Promulgada: 08/01/1982
    Publicada: 18/01/1982
    Boletin Of. N°: 20163

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       Visto lo actuado en expediente Nº 1054/300 B-1981 del Re-
    gistro del Ministerio de Economía, la  autorización otorgada
    por  resolución Nº 1 de  fecha 6 de enero de  1982 del Señor
    Ministro del Interior y lo dispuesto  en el Decreto Nacional
    Nº 877/80, en ejercicio de las facultades  legislativas con-
    feridas por la Junta Militar,
    
          EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TUCUMAN INTERINO
                SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
    
                             L E Y :
    
       Artículo 1º.- Inclúyese como último  párrafo del artículo
    27 de la Ley Nº 3.706 lo siguiente:
       "Exclúyense de los  alcances del  presente  artículo, los
    honorarios de los profesionales que presten servicios a  to-
    das las entidades financieras establecidas en la  Provincia,
    a los fines del cumplimiento de las normas mínimas sobre au-
    ditorías externas establecidas por el  Banco  Central  de la
    República Argentina; dichos honorarios podrán convenirse li-
    bremente siendo  inaplicable, a tales  acuerdos, la  sanción
    prevista en el artículo 2º, última parte".
    
       Art. 2º.- Téngase por Ley  de la Provincia, cúmplase, co-
    muníquese, publíquese  en el BOLETIN  OFICIAL y archívese en
    el Registro Oficial de Leyes y Decretos.
    
    

  • Relaciones

    Modifica a Ley 3706
    Caducada por Ley 8240

  • Resumen

    INCLUYE EL ÚLTIMO PÁRRAFO DEL ARTÍCULO N° 27 DE LA LEY N°
    3706 -LEY ARANCELARIA PROFESIONALES EN CIENCIAS ECONÓMICAS-.

  • Observaciones