* CADUCA *
Visto, lo actuado en expediente Nº 1387/110-M-79 y la au-
torización otorgada por Resolución número 148/80 del Minis-
terio del Interior; en ejercicio de las facultades legisla-
tivas conferidas por la Junta Militar,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TUCUMAN INTERINO
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
L E Y :
ARTICULO 1º.- Agrégase en la Ley Número 5121, (Código
Tributario) como artículo 186 bis, el siguiente:
"Art. 186 bis.- Establécese una reducción anual del 20%
(veinte por ciento) en la valuación fiscal de las maquina-
rias, a partir del período fiscal 1980".
Art. 2º.- Téngase por Ley de la Provincia, cúmplase, co-
muníquese, publíquese, en el Boletín Oficial y archívese en
el Registro Oficial de Leyes y Decretos.