* DEROGADA *
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TUCUMAN,
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
L E Y :
Artículo 1º.- Sustitúyese el artículo 24 de la Ley Nº
3.924 "Carta Orgánica del Banco de la Provincia de Tucumán"
por el siguiente:
Art.24.- Establécese como capital del Banco de la Provin-
cia de Tucumán, la cantidad de Un mil cien millones de pesos
($ 1.100.000.000) el que podrá ser aumentado hasta la canti-
dad de Dos mil quinientos millones de pesos ($2.500.000.000)
mediante aportes del Gobierno Provincial o, por resolución
del Honorable Directorio, por capitalización de revalúos
contables y utilidades líquidas y realizadas que se destinen
a tal fin.
Cuando fuere necesario el Directorio del Banco resolverá
sobre las proporciones de capital que se asignen a las
operaciones de cada Sección o Departamento.
Art.2º.- Deróganse los siguientes incisos del artículo 26
de la Ley Nº 3.924 del 18/4/73 de Carta Orgánica del Banco
de la Provincia de Tucumán:
b) Fondo de Previsión
c) Colonias de Vacaciones
d) Distribución al Personal
e) Apoyo al Turismo y Hotelería
Esta medida se hace extensiva en sus efectos a los saldos
existentes al 31 de Diciembre de 1976.
Art.3º.- Autorízase al Banco de la Provincia de Tucumán,
a incrementar su capital en la suma de SEISCIENTOS DIECIOCHO
MILLONES SETECIENTOS CATORCE MIL NOVENTA Y NUEVE PESOS
($ 618.714.099), aplicando a este objeto los saldos acree-
dores de las siguientes reservas y fondos especiales:
Reserva Riesgos Eventuales
Operaciones de Crédito.........$ 1.350.000
Reservas para Eventuales
Quebrantos ...................." 130.000
Reserva Especial Préstamo
Club Banco Provincia .........." 200.000
Reserva Construcción Edi-
ficios del Banco .............." 1.600.000
Fondo Previsión Préstamos
Prendarios al Personal Jerár-
quico ........................ " 63.392
Reserva Préstamos Efectivos
Sección Hipotecaria............" 384.003
Fondo Previsión ............" 3.376.987
10% Utilidades año 1976....." 76.619.819
Fondo Especial Colonias
de Vacaciones del Personal-
10% Utilidad año 1976 ........." 76.619.819
Fondo Especial Apoyo Tu-
rismo y Hotelería Saldo al
31/12/1976 y 10% Utilidad año
1976 .........................." 90.270.978
Gratificación al Personal .." 138.239.643
30% sobre Utilidades año
1976..........................." 229.859.458
Art.4º.- Autorízase a la CONTADURÍA GENERAL DE LA PRO-
VINCIA a emitir libramiento a favor del BANCO DE LA PRO-
VINCIA DE TUCUMÁN por un monto de NOVENTA Y SEIS MILLONES
DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS UN PESOS
($ 96.285.901), imputando el mismo a la cuenta especial
"CAPITALIZACIÓN DEL BANCO DE LA PROVINCIA DE TUCUMÁN" que se
integra con la proporción fijada por el Decreto Nº 3.017/3
del Fondo Nacional Azucarero creado por Ley Nacional Nº
19.597.
Art.5º.- El aporte establecido por el artículo anterior
se destinará a incrementar el capital del BANCO DE LA PRO-
VINCIA DE TUCUMÁN con la finalidad de que la Institución
apoye con su sistema de créditos a las siguientes
actividades:
Adquisición de vacas y/o
vaquillonas para tambos $ ... $ 21.500.000
Siembra de pastura y/o
compra de forrajes .......... " 20.000.000
Construcción y/o compra
de viviendas rurales,
conforme a la reglamentación
dictada por el Poder Ejecutivo."54.785.901
Art.6º.- Téngase por Ley de la Provincia, cúmplase, comu-
níquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese en el
Registro Oficial de Leyes y Decretos.-