• Detalle de Ley

    Ley N°: 4645
    Tipo: GENERAL
    Estado: DEROGADA
    Categoria: ADMINISTRATIVO
    Sancionada: 23/12/1976
    Promulgada: 23/12/1976
    Publicada: 30/12/1976
    Boletin Of. N°: 18884

  • Texto
  • * DEROGADA *
    
    
               EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TUCUMAN,
                    SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
    
                             L E Y :
       
       ARTÍCULO 1º.- Suspéndese transitoriamente y  hasta  tanto
    se dicten las modificaciones a las respectivas Cartas  Orgá-
    nicas del Banco de la Provincia de Tucumán, Banco  Municipal
    de Tucumán y  Caja  Popular de  Ahorros de  la Provincia, la
    distribución de utilidades autorizadas por las disposiciones
    legales siguientes:
       a) Artículo 26- Inciso c) y d) de la Ley Nº 3.924;
       b) Artículos 51 y 45 Incisos d) de la Ley Nº 3.785;
       c) Artículo 43 Inciso b) del Decreto-Ley Nº 21/1, modifi-
    cado por ley Nº 4.199.
    
       Art.2º.- Las instituciones afectadas deberán reservar los
    fondos no distribuidos hasta tanto se  resuelva  su  destino
    definitivo.
    
       Art.3º.- La presente Ley entrará  a regir a partir  de su
    promulgación.
    
       Art.4º.- Téngase por Ley  de la  Provincia, cúmplase, pu-
    blíquese  en  el  Boletín Oficial y archívese en el Registro
    Oficial de Leyes y Decretos.-
    
    

  • Relaciones

    Modifica a Ley 3924
    Derogada por Ley 8153

  • Resumen

    SUSPENDE LA DISTRIBUCIÓN DE UTILIDADES DEL BANCO MUNICIPAL
    DE TUCUMÁN, DEL BANCO PROVINCIA Y DE LA CAJA POPULAR DE
    AHORROS PREVISTA POR LAS LEYES 3924, 3785 Y 4199.

  • Observaciones