• Detalle de Ley

    Ley N°: 3717
    Tipo: GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: ADMINISTRATIVO - ECONOMICO
    Sancionada: 23/07/1971
    Promulgada: 23/07/1971
    Publicada: 29/07/1971
    Boletin Of. N°: 17542

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       VISTO que por decreto nacional Nº 1703, de fecha 8 de ju-
    nio de 1971, se fija la política salarial para el sector pú-
    blico, a la  cual se adhiere el Gobierno Provincial y
       CONDIDERANDO:
       Que  mediante ley Nº 3.714, de fecha 19 de julio de 1971,
    se concedió un aumento  general  de sueldos para el personal
    de la  Administración  Pública   Provincial, a  partir   del
    1º/7/971, del  que quedó excluido el personal de SEGURIDAD Y
    DEFENSA  de  la  Provincia, razón  por  la  cual  se  estima
    necesario  disponer los aumentos salariales pertinentes para
    este sector.
       Por lo tanto, y en ejercicio de la facultad que  confiere
    al P. E. el artículo 9º del Estatuto de la Revolución Argen-
    tina.
    
                EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TUCUMAN
                    SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
    
                               L E Y :
    
       Artículo 1º.- Concédese  un  aumento  general  de sueldos
    para el  personal  de SEGURIDAD Y DEFENSA de la PROVINCIA, a
    partir  del 1º de julio  del  corriente  año,  conforme a la
    autorización  conferida por decreto nacional 1.703, de fecha
    8 de  junio  de  1971, en  su  planilla  anexa  II, y  cuyas
    distintas  escalas se establecen seguidamente:
    
       Art. 2º Fíjase las equivalencias jerárquicas y  la escala
    de sueldos para  el personal de  SEGURIDAD Y DEFENSA  de  la
    PROVINCIA, las que quedan establecidas en la siguiente forma
    Denominación o     Denominación   Sueldo  Suplementos  Total
    Jerarq. actual  a  o jerarquía    Básico  por dedica-  Gene-
                       a partir del          ción y por    ral
                       1/7/971               riesgo
    Jefes Superiores
    Jefe de Policía a Jefe de Policía      2.050   60-90   2.200
    Director General    Director General
    de Inst. Penales  a de Inst. Penales   2.050   60-90   2.200
    Sub-Jefe de Po-   a Su-jefe de Poli-   1.900   60-90   2.050
    licía               cía
                      a) Oficiales Superiores
    Inspector Gene- a 1- Inspector General  1.800   60-90  1.950
    ral
    Inspector Ma-
    yor- Director   a 2- Inspector Mayor    1.650   60-90  1.800
    de Penal
    Comisario Ins-  a 3- Comisario Inspec-
    pector; Alcaide      tor; Alcaide       1.500   60-90  1.650
    Jefes           b) Oficiales jefes
    Comisario; Jefe
    de Cuerpo Arma-
    do; Director de
    Encausados Con-
    cepción         a 4- Comisario Principal 1.275  60-90  1.425
    Sub-Comisario;
    Alcaide Concep-
    ción y 2º Jefe
    Cuerpo Armado   a 5-Comisario           1.200   60-90  1.350
    Oficiales
    Oficiales Princi-
    pal; Jefe Cuer-
    po Armado Con-
    cepción y Con-
    serje General   a 6-Sub-Comisario       1.050   60-90  1.200
                    c) Oficial Subalterno
    Oficial Inspec-
    tor             a 7-Oficial Principal     825   60-90    975
    Oficial Sub-Ins-
    pector; Conser-
    je General Con-
    cepción          a 8-Oficial Auxiliar     675  60-90     825
    Oficial Ayudante a 9-Oficial Ayudante     525  60-90     675
    Oficial Sub-Ayu- a 10-Oficial Sub-Ayu-    450  60-90     600
    dante                 dante
    Sub-Oficiales    b) Sub-Oficial Superior
    Sub-Oficial
    Mayor            a 1-Sub-Oficial Mayor    825  60-90     975
    Sub-Oficial      a 2-Sub-Oficial Prin-
    Principal            cipal                750  60-90     900
    Sargento A-
    yudante          a 3-Sargento Ayudante    675  60-90     825
    Sargento 1º;
    Encargado
    Correccional
    de Mujeres       a 4- Sargento 1º          600  60-90    750
                     e) Sub-Oficial Subalterno
    Sargento         a 5- Sargento             525  60-90    675
    Cabo 1º          a 6- Cabo 1º              450  60-90    600
    Cabo; Con-
    serje            a 7- Cabo                 375  60-90    525
    Tropa            f) Tropa Policial
    Agente;sol-
    dado; Guar-
    dia Carcel y
    Celador          a 8- Agente               300  60-90    450
    
       Art. 3º.- Fíjase la  dotación de cargos  para el DEPARTA-
    MENTO GENERAL DE POLICIA Y  DIRECCION GENERAL  DE INSTITUTOS
    PENALES, en la siguiente forma:
    
                   DEPARTAMENTO GENERAL DE POLICIA
                                                  Cargos
    SEGURIDAD Y DEFENSA                           2.806                                 
    Jefe de Policía                1
    Sub-Jefe de Policía            1
    Inspector General              5
    Inspector Mayor               10
    Comisario Inspector           17
    Comisario Principal           29
    Comisario                     39
    Sub-Comisario                 88
    Oficial principal             71
    Oficial Auxiliar             108
    Oficial Ayudante             153
    Oficial Sub-Ayudante         190
    Sub-Oficial Mayor              5
    Sub-Oficial Principal         12
    Sargento Ayudante             45
    Sargento 1º                   63
    Sargento                      89
    Cabo 1º                      106
    Cabo                         297
    Agente                     1.477
    TECNICO Y PROFESIONAL                           183   
    Oficial Mayor                  1
    Oficial Principal              8
    Oficial 1º                     5
    Oficial 2º                     5
    Oficial 3º                    24
    Oficial 4º                    11
    Oficial 5º                    44
    Auxiliar Mayor                28
    Auxiliar 1º                   57
    ADMINISTRATIVO                                  161   
    Oficial 1º                     1
    Oficial 2º                     3
    Oficial 3º                     8
    Oficial 4º                     9
    Oficial 5º                    13
    Auxiliar Mayor                 8
    Auxiliar Principal            18
    Auxiliar 1º                  101
    OBREROS Y MAESTRANZA                             77   
    Oficial 3º                     1
    Oficial 4º                     4
    Auxiliar Mayor                 8
    Auxiliar Principal             4
    Auxiliar 1º                   60
    SERVICIO                                         12    
    Ayudante 3º                   12
    
             DIRECCION GENERAL DE INSTITUTOS PENALES
    
                                                   Cargos
    SEGURIDAD Y DEFENSA                             246     
       a)Dirección General de Institutos Penales
    Director General               1
       b)Unidad Penitenciaría Villa Urquiza         189    
    Director                       1
    Alcaide                        1
    Jefe de Cuerpo Armado          1
    2º Jefe de Cuerpo Armado       1
    Conserje General               1
    Sub-Oficial Mayor              4
    Sargento 1º                
        4
    Sargento                       4
    Cabo-Conserje                 13
    Soldado Guardia Cárcel-
    Celador                      159
       c) Unidad Encausados
    Concepción                                       56    
    Director de Encausados
    Concepción                     1
    Alcaide                        1
    Jefe de Cuerpo Armado          1
    Conserje General               1
    Sargento 1º-Encargado
    Correccional de Mujeres        2
    Sargento                       3
    Cabo- Conserje                 8
    Soldado Guardia Cárcel-
    Celador                       39
    
       Art.4º.- Autorízase a CONTADURIA GENERAL DE LA  PROVINCIA
    a reajustar los créditos presupuestarios para el cumplimien-
    to de la presente ley.
    
       Art.5º.- Suprímese de la escala administrativa del perso-
    nal del DEPARTAMENTO GENERAL DE POLICIA, los siguientes car-
    gos:
    Director General - Clase 9             1
    Oficial Superior - Clase 11            1
    Oficial 1º - Clase 14                  1
    Auxiliar 3º- Clase 23                  1
    
       Art. 6º.- Establécese en la DIRECCION GENERAL DE INSTITU-
    TOS PENALES la siguiente escala de peculio  para los  inter-
    nos:
    76 cargos de Oficiales, a $ 60.00 mensuales para cada uno.
    38 cargos de medio Oficial,  a $ 45.00  mensuales, para cada
    uno.
    143 cargos de Aprendiz, a $ 30.00 mensuales, para cada uno.
    
       Art. 7º.- La escala de sueldos y números de cargos  esta-
    blecidos en  la presente ley, comprende al personal de SEGU-
    RIDAD Y DEFENSA  DEL  DEPARTAMENTO  GENERAL DE POLICIA y  de
    INSTITUTOS PENALES, manteniendo  cada una de las reparticio-
    nes citadas  el número de  personal  asignado por la ley  de
    presupuesto nº 3.682.
    
       Art. 8º.- El  personal  de SEGURIDAD Y DEFENSA  percibirá
    por todo concepto, exclusivamente las remuneraciones fijadas
    por el Art. 2º de esta ley, con excepción  únicamente de las
    asignaciones  familiares  y   por antigüedad, en  los  casos
    que corresponda, conforme a la legislación vigente.
    
       Art. 9º.- Agrégase al  primer párrafo  del artículo 3º de
    la ley nº 3.692, lo  siguiente: "El personal  de SEGURIDAD Y
    DEFENSA percibirá - CUATRO  PESOS ($ 4.00) mensual,  por año
    de sevicios computables".El Presente agregado tiene vigencia
    a partir del 1º de julio de 1971.
    
       Art.10.- Derógase, a partir del 1º de julio del corriente
    año al artículo 5º y  los gastos de  representación  fijados
    para el DEPARTAMENTO GENERAL DE POLICIA, de la ley  nº 3.692
    y toda otra disposición que se oponga a la presente.
    
       Art.11.- Téngase  por Ley de la  Provincia, cúmplase, co-
    muníquese, publíquese en  el Boletín  Oficial y archívese en
    el Registro Oficial de Leyes y Decretos.-
    

  • Relaciones

    Modifica a Ley 3692
    Caducada por Ley 8153

  • Resumen

    CONCEDE UN AUMENTO GENERAL DE SUELDO PARA EL PERSONAL DE
    SEGURIDAD Y DEFENSA DE LA PROVINCIA.

  • Observaciones