• Detalle de Ley

    Ley N°: 3612
    Tipo: GENERAL
    Estado: DEROGADA
    Categoria: ECONOMICO
    Sancionada: 19/11/1969
    Promulgada: 19/11/1969
    Publicada: 21/11/1969
    Boletin Of. N°: 17130

  • Texto
  •  * DEROGADA *
    
       VISTO la autorización  conferida por el Superior Gobierno
    de la Nación,  mediante decreto Nº 6255 expedido con fecha 6
    de octubre de  1969, y en uso de las facultades legislativas
    que le confiere el artículo 9º del Estatuto de la Revolución
    Argentina,
    
         EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TUCUMAN SANCIONA Y
                       PROMULGA CON FUERZA DE
    
                              L E Y :
    
       Artículo 1º.-Modifícase el inciso 1º) del artículo 71 del
    Decreto Ley Nº 56/17 del 11 de octubre de 1963, el que queda
    redactado en la siguiente forma:
       "Inciso 1º) Cuando la operación no exceda de DIEZ MIL PE-
    SOS MONEDA NACIONAL  ($  10.000.- m/n), con excepción de los
    Servicios administrativos de  los Hospitales y Centros Sani-
    tarios, dependientes del  MINISTERIO  DE  BIENESTAR  SOCIAL,
    donde la misma  no  podrá exceder de VEINTE MIL PESOS MONEDA
    NACIONAL, ($ 20.000.-m/n),  para  los Hospitales y Dispensa-
    rios ubicados en  el  Departamento  Capital, y CINCUENTA MIL
    PESOS MONEDA NACIONAL ($ 50.000.- m/n), para los Hospitales,
    Puestos Sanitarios y  Unidades  Sanitarias que se encuentren
    en los restantes Departamentos".-
    
       Art.2º.- Comuníquese, cúmplase,  publíquese en el Boletín
    Oficial y archívese en el Registro Oficial de Leyes y Decre-
    tos.
    

  • Relaciones

    Derogada por Ley 3819

  • Resumen

    MODIFICA EL INCISO 1° DEL ART. 71 DEL DECRETO LEY 56/17-63
    (LEY DE CONTABILIDAD ), INCREMENTANDO LOS MONTOS POR
    CONTRATACIONES DIRECTAS.

  • Observaciones