* DEROGADA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Agrégase como inciso 16) del artículo 15 de
la Ley Nº 2.831, el siguiente: "Inciso 16) El tribunal su-
perior fijará la tabla de viáticos y/o gastos que los liti-
gantes deberán abonar a los jueces de paz, oficiales de jus-
ticia y ujieres por las comisiones que les fueran encomen-
dadas por las autoridades superiores y por las diligencias
que hubieren de practicar fuera del juzgado".
Art.2º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la H. Legislatura de la
Provincia de Tucumán, a los veintidós días del mes de Octu-
bre de mil novecientos cincuenta y nueve.