La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con
fuerza de
L E Y :
Artículo 1°.- Modifícase la Ley N° 7976 en la forma que a
continuación se indica:
- En el Artículo 1°, reemplazar la expresión: “Pesos
Ciento Veinte Mil ($ 120.000.-)”, por: “Pesos
Quinientos Cincuenta Mil ($ 550.000.-)”.
Art. 2°.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a los quince días del mes de
mayo del año dos mil dieciocho.