* CADUCA *
La Sala de Representantes de la Provincia, en uso de la
Soberanía ordinaria y extraordinaria que inviste, y
Considerando:
Que D. Celedonio Gutiérrez ha cesado en el gobierno de la
Provincia por ley de esta fecha y retirándosele la
autorización y facultades que se le concedieron por la de 5
de Mayo último para concurrir a la convención de los Exmos.
Señores Gobernadores de la Confederación, reunida a objetos
de interés nacional en San Nicolás de los Arroyos.
Ha sancionado la siguiente
L E Y :
Art. 1º.- Se autoriza al Gobernador y Capitán General, D.
Manuel Alejandro Espinosa, para concurrir a dicha, conven-
ción a tratar de las cuestiones de interés nacional que han
de ventilarse en ella entre los Exmos. Gobernadores de la
Confederación.
Art. 2º.- Al efecto se le confieren la autorización y
amplias facultades que por ley de 5 de Mayo último se
confirieron a su predecesor.
Art. 3º.- Si por los arreglos que actualmente se están
haciendo en la Provincia no juzgare conveniente concurrir
por sí, lo hará por medio de un Plenipotenciario, a quien
transmitirá la autorización y facultades expresadas.
Art. 4º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines
consiguientes.
Tucumán, Junio 15 de 1852.-