La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con
fuerza de
L E Y :
Artículo 1°.- Declárase “Sitio Histórico Provincial”, al
solar sito en la ciudad de Bella Vista, departamento
Leales, donde naciera y viviera don Fernando Pedro Riera,
destacado hombre público, electo en tres oportunidades
Gobernador de la Provincia, ejemplo de dirigente político
comprometido con los intereses de su pueblo y con el destino
de grandeza de su Patria.
Art. 2°.- Declárase de utilidad pública y sujeto a
expropiación un inmueble ubicado en la localidad de Bella
Vista, departamento Leales, identificado con la siguiente
Nomenclatura Catastral: Padrón N° 78.356; Circunscripción:
1; Sección: C; Manzana: 8; Parcela: 28; Matrícula: 17733;
Orden: 28 e inscripto en el Registro Inmobiliario en la
Matrícula Registral F-9161.
Art. 3°.- El inmueble descripto en el artículo precedente
será destinado a la creación del “Museo y Centro Cultural
Gobernador Fernando Pedro Riera”.
Art. 4°.- Otorgar a la Municipalidad de Bella Vista, la
administración y custodia del “Museo y Centro Cultural
Gobernador Fernando Pedro Riera”.
Art. 5°.- Brindar usufructo vitalicio de la vivienda, a
la señora Irma Yolanda Ayats Riera, D.N.I. N° 1.941.985.
Art. 6°.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a los veintiocho días del
mes de abril del año dos mil dieciséis.