* DEROGADA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de
Tucumán, sancionan con fuerza de
L E Y:
Artículo 1º.- Concédese a S. E. el señor Gobernador de la
Provincia la licencia que solicita para ausentarse del
territorio de la misma por el término de cuarenta y cinco
días pudiendo hacer uso de ella en la forma expresada en su
solicitud de 18 de Abril del corriente año.
Art. 2º.- Comuníquese al P. Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones de la H. Legislatura, a
veinte de Abril de mil novecientos seis.-