• Detalle de Ley

    Ley N°: 8487
    Tipo: GENERAL
    Estado: VIGENTE
    Categoria: ECONOMICO - PUBLICO MUNICIPAL Y COMUNAL
    Sancionada: 15/03/2012
    Promulgada: 23/03/2012
    Publicada: 29/03/2012
    Boletin Of. N°: 27748

  • Texto
  •    La Legislatura  de  la Provincia de Tucumán, sanciona con
    fuerza de 
     
    
                              L E Y :
    
    
       Artículo 1º.- Créase  el  Programa  MAS  OBRAS  PARA  MAS
    TRABAJO,   que  tendrá como objetivo la realización de obras
    de Infraestructura  Vial  y otras contempladas en el Decreto
    Nacional Nº 206 de fecha 19 de Marzo de 2009, al que adhirió
    la Provincia mediante Ley Nº 8174, en las municipalidades de
    la Provincia  que    adhieran    al    mismo   mediante  las
    correspondientes ordenanzas. 
    
       Art. 2º.- El   presente   programa  será  financiado  con
    recursos   provinciales y municipales provenientes del Fondo
    Federal Solidario,  instituido    por  el  Decreto  Nacional
    mencionado en  el  Artículo  1º,  por hasta la suma total de
    Pesos Doscientos Millones ($ 200.000.000.-)
    
       Art. 3º.- Las obras dispuestas en la presente Ley, podrán
    realizarse por administración o por terceros. Los organismos
    ejecutores quedan  facultados  a contratar en forma directa,
    previo cotejo  de  precios,  la  ejecución  de las obras por
    terceros, y  la adquisición de bienes y servicios necesarios
    cuando las mismas se ejecuten por administración.
    
       Art. 4º.- Los  fondos que se asignen a cada Municipio, en
    el   marco  de  este  Programa, ingresarán a los respectivos
    Fondos Fiduciarios  Municipales    con  el  carácter  de  No
    Reintegrables y  serán  rendidos  de  acuerdo  a  los mismos
    requerimientos que  se  aplican a las rendiciones de cuentas
    de las sumas otorgadas a través del Pacto Obras, y otros que
    determine el  Poder    Ejecutivo  en  particular  para  este
    Programa. 
    
       Art. 5º.- Las  obras a ejecutar serán las específicamente
    incluidas en  el Programa por el Poder Ejecutivo a propuesta
    de cada municipio. 
    
       Art. 6º.- Las  obras  que  se ejecuten bajo el régimen de
    esta   Ley,  serán  identificadas con la denominación y logo
    del Programa  MAS  OBRAS  PARA MAS TRABAJO, sin perjuicio de
    los demás requisitos que establecen las normativas que rigen
    la materia. 
    
       Art. 7º.- Facúltase  al  Poder  Ejecutivo  a efectuar las
    compensaciones de  partidas   presupuestarias  que  resulten
    necesarias para el cumplimiento de la presente Ley.
    
       Art. 8º.- Comuníquese. 
       Dada en la  Sala de  Sesiones de la Honorable Legislatura
    de la Provincia de Tucumán,  a  los  quince  días del mes de
    marzo del  año dos mil doce.

  • Relaciones

    Vinculada con Ley 8174

  • Resumen

    CREA EL PROGRAMA "MÁS OBRAS PARA MÁS TRABAJO" PARA LA REALIZACIÓN DE OBRAS DE INFRAESTRUCTURA VIAL Y OTRAS CONTEMPLADAS EN DCTO. NAC. N° 206 DEL 19/03/2009 -FONDO FEDERAL SOLIDARIO-.

  • Observaciones

    -DCTO.NAC.756/2018 DEROGA DCTO.NAC.206/2009.-