• Detalle de Ley

    Ley N°: 8053
    Tipo: GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: PUBLICO MUNICIPAL Y COMUNAL
    Sancionada: 10/04/2008
    Promulgada: 24/04/2008
    Publicada: 30/04/2008
    Boletin Of. N°: 26777

  • Texto
  • * CADUCA *
    
       La Legislatura de la Provincia  de Tucumán, sanciona  con
    fuerza de
    
                               L E Y : 
    
       Artículo 1º.- Modifícase la  Ley  Nº 5.530 (Categoría  y
    Límites  de los Municipios del Interior) y  sus  modificato-
    rias, como se indica a continuación:
    
       - Sustituir el Art. 2º, por el siguiente:
    
       "Art. 2º.- Fíjanse  los  límites jurisdiccionales de  las
    municipalidades, conforme se indica en los Anexos Nº 1 al 19
    inclusive.
    
       - Reemplazar el Anexo Nº 15, por el siguiente:
    
                         "Anexo Nº 15:
    
                  Municipalidad de Burruyacu
    
       Límite Norte: Por el Arroyo Agua Hedionda hacia Tala Pam-
    pa, desde las Cumbres de la Sierra del Campo, empalmando con
    el camino a Anta Mapu hasta la intersección con la Ruta Pro-
    vincial Nº 336 y por el  derivador hasta la Ruta  Provincial
    Nº 304 (quedando la isleta del derivador en jurisdicción del
    Municipio de Burruyacu) siguiendo  por la Ruta Provincial Nº
    304 hacia el Norte, catorce (14) kilómetros, hasta el camino
    principal de  Chilcas, correspondiente  al Km. 75 de la Ruta
    Provincial Nº 304 y, por  este camino, hacia  el  Este, seis
    mil cien (6.100) metros hasta encontrar el Arroyo Chilcas.
       Límite Este: Por la línea  imaginaria que  nace en la in-
    tersección  del camino principal  de  Chilcas con  el Arroyo
    Chilcas, dieciséis  mil setecientos (16.700) metros hacia el
    Sur, hasta la propiedad de "Estancia La Argentina", desde a-
    llí en línea quebrada hacia el Este ciento noventa (190) me-
    tros, continuando  hacia el Sur un  mil seiscientos  ochenta
    (1.680) metros  hasta la intersección con la Ruta Provincial
    Nº 336, punto que se encuentra a cinco mil doscientos sesen-
    ta  y  cinco (5.265) metros al Este de la Ruta Provincial Nº
    304. Desde allí, por la Ruta Provincial Nº 336 hacia el Oes-
    te, hasta la Ruta Provincial Nº 304.
       Límite Sur: Desde la intersección de las Rutas Provincia-
    les Nº 336 y Nº 304, siguiendo  hacia el Sur por la  Ruta Nº
    304, una distancia de seiscientos  ochenta (680) metros  en-
    contrándose al  Oeste de la misma al camino público a El Ta-
    jamar, por este camino  hacia el Oeste una distancia de cua-
    tro mil novecientos cincuenta (4.950) metros, y siguiendo en
    dirección  Sur, una  distancia  de  un  mil  ciento  ochenta
    (1.180) metros, y encontrándose  al Oeste del  mismo con  el
    camino que  va a las  cumbres en una distancia de cuatro mil
    trescientos (4.300) metros hasta la Finca de Julio Juri, si-
    guiendo  por el Lado Sur - Oeste de la misma finca hasta las
    Cumbres de la Sierra del Campo.
       Límite Oeste: Desde la  línea Sur de Finca de Julio Juri,
    por las Cumbres de la Sierra del Campo hacia el Norte, hasta
    el nacimiento del Arroyo Agua Hedionda.
    
       Art. 2º.- Comuníquese.
    
       Dada en la Sala de  Sesiones de la  Honorable Legislatura
    de la Provincia de Tucumán, a los diez días del mes de abril
    del año dos mil ocho.
    

  • Relaciones

    Modifica a Ley 5530
    Caducada por Ley 8240

  • Resumen

    MODIFICA LEY Nº 5530 -CATEGORÍAS Y LÍMITES DE LOS MUNICIPIOS DEL INTERIOR- RESPECTO DE LA MUNICIPALIDAD DE BURRUYACÚ.

  • Observaciones

    CONSOLIDADA CON LEY Nº 5530.