• Detalle de Ley

    Ley N°: 790
    Tipo: NO GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: NO GENERALES
    Sancionada: 29/10/1900
    Promulgada: 03/11/1900
    Publicada:
    Boletin Of. N°: 0

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       El Senado  y  Cámara  de  Diputados  de  la  Provincia de
    Tucumán, sancionan con fuerza de
    
                                L E Y:
    
       Artículo 1º.- Acuérdase  a la viuda  e hijas solteras del
    extinto Juez  de  Paz don Fidel J. Álvarez, una pensión men-
    sual de cien pesos, por el término de cinco años.
    
       Art. 2º.- El  gasto que demande  la presente ley se impu-
    tará a la misma.
    
       Art. 3º.- Comuníquese al P. E.
    
       Dada en  la  Sala  de  Sesiones  de  la H. Legislatura, a
    treinta de Octubre de mil novecientos.-
    

  • Relaciones

    Caducada por Ley 8153

  • Resumen

    ACUERDA A LA VIUDA E HIJAS SOLTERAS DEL EXTINTO JUEZ DE PAZ DON FIDEL J. ALVAREZ, UNA PENSIÓN MENSUAL.-

  • Observaciones

    COMPILACION DE LEYES Y DECRETOS- TOMO 24- PAGINA 130.-