* CADUCA *
La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con
fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Declárase la Emergencia Social, Habitacio-
nal y Económica en el departamento Juan Bautista Alberdi,
como consecuencia de las inundaciones ocurridas el pasado
martes 12 de diciembre del corriente año.
Art. 2º.- Las familias afectadas serán beneficiadas con
las siguientes medidas asistenciales:
1. Ayuda económica por el lapso de ciento ochenta (180)
días.
2. Asistencia mediante módulos alimentarios.
3. Inclusión en Programas de mejoras habitacionales para
viviendas únicas que hayan sido deterioradas y/o des-
truídas como consecuencia de las inundaciones.
Art. 3º.- Quedan suspendidas las ejecuciones fiscales en
contra de los habitantes del departamento de Juan Bautista
Alberdi, por el término de ciento ochenta (180) días corri-
dos a contar desde la promulgación de la presente ley.
Art. 4º.- Prorrógase hasta el 31/12/2007 el vencimiento
del Impuesto Inmobiliario y de todos los impuestos que re-
caigan sobre las actividades lucrativas para los contribu-
yentes afectados del departamento Juan Bautista Alberdi.
Art. 5º.- La Caja Popular de Ahorros otorgará facilidades
crediticias a las familias, a fin de que puedan superar la
emergencia social, habitacional y económica en la que se en-
cuentran sometidas.
Art. 6º.- El Poder Ejecutivo reglamentará en un plazo de
quince (15) días la presente ley.
Art. 7º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a los veintiséis días del mes de
diciembre del año dos mil seis.