• Detalle de Ley

    Ley N°: 7647
    Tipo: NO GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: NO GENERALES - CULTURA Y EDUCACION
    Sancionada: 30/09/2005
    Promulgada: 21/10/2005
    Publicada: 28/10/2005
    Boletin Of. N°: 26149

  • Texto
  • * CADUCA *
    
       La Legislatura  de la Provincia  de Tucumán, sanciona con
    fuerza de
     
                               L E Y :
    
       Artículo 1º.- Modifícase   el  Artículo 1º  de la  Ley  N
    7.598, en la forma que a continuación se indica:
    
       - Sustituir la expresión: "Padrón Nº 10.149", por  la ex-
    presión: "Padrón Nº 10.148".
    
       Art. 2º.- Comuníquese.
    
       Dada en la  Sala de  Sesiones de la Honorable Legislatura
    de la Provincia de  Tucumán, a los treinta  días del  mes de
    setiembre del año dos mil cinco.
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    * CADUCA *
    
       La Legislatura  de la Provincia  de Tucumán, sanciona con
    fuerza de
                             L E Y :
    
       Artículo 1º.- Modifícase   el  Artículo 1º  de la  Ley  N
    7.598, en la forma que a continuación se indica:
    
       - Sustituir la expresión: "Padrón Nº 10.149", por  la ex-
    presión: "Padrón Nº 10.148".
    
       Art. 2º.- Comuníquese.
    
       Dada en la  Sala de  Sesiones de la Honorable Legislatura
    de la Provincia de  Tucumán, a los treinta  días del  mes de
    setiembre del año dos mil cinco.
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    * CADUCA *
    
       La Legislatura  de la Provincia  de Tucumán, sanciona con
    fuerza de
                             L E Y :
    
       Artículo 1º.- Modifícase   el  Artículo 1º  de la  Ley  N
    7.598, en la forma que a continuación se indica:
    
       - Sustituir la expresión: "Padrón Nº 10.149", por  la ex-
    presión: "Padrón Nº 10.148".
    
       Art. 2º.- Comuníquese.
    
       Dada en la  Sala de  Sesiones de la Honorable Legislatura
    de la Provincia de  Tucumán, a los treinta  días del  mes de
    setiembre del año dos mil cinco.
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    
    

  • Relaciones

    Modifica a Ley 7598
    Caducada por Ley 8240

  • Resumen

    MODIFICA EL ARTÍCULO 1° DE LA LEY Nº 7598 -DECLARACIÓN DE UTILIDAD PÚBLICA DE UN INMUEBLE EN SAN MIGUEL DE TUCUMÁN PARA FUNCIONAMIENTO JUNTA DE CLASIFICACIÓN DOCENTE-.

  • Observaciones

    CONSOLIDADA CON LEY Nº 7598.