• Detalle de Ley

    Ley N°: 7287
    Tipo: GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: ECONOMICO
    Sancionada: 28/07/2003
    Promulgada: 30/07/2003
    Publicada: 04/08/2003
    Boletin Of. N°: 25585

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       La Legislatura de  la Provincia  de Tucumán, sanciona con
    fuerza de
    
                              L E Y :
    
       Artículo 1º.- Amplíase  por el término de  ciento ochenta
    (180) días el plazo establecido en  el Artículo 1º de la Ley
    Nº 7.266.
    
       Art. 2º.- La  vigencia de la  presente ley comprende  los
    salarios del mes de Julio hasta el mes de Diciembre de 2003,
    incluído  el sueldo anual complementario  del segundo semes-
    tre.
    
       Art. 3º.- Comuníquese.
       
       Dada en la Sala de  Sesiones de la  Honorable Legislatura
    de la Provincia de Tucumán, a los veintiocho días del mes de
    julio del año dos mil tres.-
    

  • Relaciones

    Caducada por Ley 8153

  • Resumen

    AMPLIA POR EL TERMINO DE 180 DIAS EL PLAZO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 1º DE LA LEY Nº 7266 PACTO PARA EL SANEAMIENTO Y PAZ SOCIAL.

  • Observaciones