• Detalle de Ley

    Ley N°: 7228
    Tipo: GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: ECONOMICO
    Sancionada: 27/08/2002
    Promulgada: 02/09/2002
    Publicada: 10/09/2002
    Boletin Of. N°: 25359

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       La Legislatura de  la Provincia  de Tucumán, sanciona con
    fuerza de
    
                             L E Y :
    
       Artículo 1º.- Facúltase  al Poder  Ejecutivo a  poner  en
    circulación y consecuentemente utilizar Pesos Cinco Millones
    ($5.000.000.-) de  Bonos  de  Cancelación  de Deudas (Ley Nº
    5.728 y modificatorias) emitidos  en función del Artículo 1º
    del Decreto de  Necesidad y Urgencia Nº 350/3 (ME) del 12 de
    Marzo de 2002, ratificado  por Ley Nº 7.201 para la atención
    de necesidades  del Tesoro, debiendo  dicho monto ser resti-
    tuido para su destino dispuesto en el Artículo 3º del citado
    Decreto, en un plazo no mayor de treinta (30) días hábiles a
    partir de la fecha de la promulgación de la presente.
    
       Art. 2º.- Convalídase lo actuado en función de las dispo-
    siciones del Decreto de Necesidad y  Urgencia Nº 1.444/3 (M.
    E.)  de fecha 31  de Julio de 2002, el que  queda derogado a
    partir de  la fecha de  entrada en vigencia de  la  presente
    ley.
    
       Art. 3º.- Comuníquese.
       
       Dada en la  Sala de Sesiones de la Honorable  Legislatura
    de la Provincia  de Tucumán, a los veintisiete  días del mes
    de agosto del año dos mil dos.
    
    

  • Relaciones

    Caducada por Ley 8153

  • Resumen

    FACULTA AL PODER EJECUTIVO A PONER EN CIRCULACION BONOS DE CANCELACION DE DEUDAS -BO.CA.DE.- EMITIDOS EN FUNCION DEL ARTICULO 1º DEL DECRETO DE NECESIDAD Y URGENCIA Nº 350/3-02, RATIFICADO POR LEY 7201 QUE CONVALIDA EL DECRETO DE NECESIDAD Y URGENCIA Nº 1444/3 DEL 31/07/02.

  • Observaciones