* CADUCA *
La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con
fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Sustitúyese el Artículo 1º de la Ley Nº
7.071, por el siguiente:
"Artículo 1º.- La Universidad Nacional de Tucumán,
Universidad Tecnológica Nacional y la Universidad
del Norte Santo Tomás de Aquino serán consultoras
preferenciales del Estado Provincial y, en tal ca-
rácter, podrán ser contratadas para prestar servi-
cios de asesoramiento, de investigación y/o técni-
cos."
Art. 2º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a los catorce días del mes de
diciembre del año dos mil.