• Detalle de Ley

    Ley N°: 651
    Tipo: GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: TRIBUTARIO
    Sancionada: 16/10/1894
    Promulgada: 24/10/1894
    Publicada:
    Boletin Of. N°: 0

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       El Senado  y  Cámara  de  Diputados  de  la  Provincia de
    Tucumán sancionan con fuerza de
    
                                L E Y:
    
       Artículo 1º.-  Exonérase  por el término de seis años del
    pago de todo impuesto provincial y municipal, a las fábricas
    de aceites  vegetales que se establezcan en la Provincia y a
    las materias primas empleadas en su elaboración.
    
       Art.2º.- El tiempo indicado en el artículo anterior empe-
    zará a contarse desde el 1º de Enero de 1895.
    
       Art.3º.- Comuníquese al P.E.
    
       Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Cámara de Di-
    putados, a  los  diez  y seis días del mes de Octubre de mil
    ochocientos noventa y cuatro.
    

  • Relaciones

    Caducada por Ley 8153

  • Resumen

    EXIME POR 6 AÑOS DEL PAGO DE IMPUESTOS A LAS FABRICAS DE ACEITE VEGETAL QUE SE ESTABLEZCAN EN LA PROVINCIA.-

  • Observaciones

    COMPILACION DE LEYES Y DECRETOS- TOMO 18- PAGINA 232 A 240.-