• Detalle de Ley

    Ley N°: 6273
    Tipo: GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: ADMINISTRATIVO
    Sancionada: 14/10/1991
    Promulgada: 14/10/1991
    Publicada: 18/10/1991
    Boletin Of. N°: 22621

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       VISTO el Decreto Acuerdo nº 188/21 (STD)  de fecha  16 de
    agosto de 1989 por el cual se procedió a encasillar y desig-
    nar personal en la Dirección Provincial de Deportes, Turismo
    Social y Recreación, y
    
       CONSIDERANDO:
    
       Que dicho instrumento legal fue confeccionado sin guardar
    las formas y sin  haberse efectuado el  debido trámite admi-
    nistrativo.
       Que a consecuencia de ello, toma intervención  el H. Tri-
    bunal de Cuentas, observando el  Decreto  Acuerdo precitado,
    mediante Resolución nº 932 del 12 de diciembre de 1989.
       Que ante tal observación  el Poder Ejecutivo no emitió el
    Decreto Acuerdo de  Insistencia comprendido  en los términos
    del artículo 134 de la Ley de Contabilidad.
       Que a efectos de subsanar la situación creada, y a fin de
    que los empleados involucrados, no se vean  perjudicados, de
    perdurar la misma, se hace necesario exceptuar de las dispo-
    siciones contenidas en el artículo 60 de la  Ley nº 6.071, a
    los agentes de la Dirección  Provincial de Deportes, Turismo
    Social y Recreación, comprendidos  en el Decreto  Acuerdo nº
    188/21 (STD) del 16-08-89; como asimismo, facultar  al Poder
    Ejecutivo a dictar los instrumentos legales  que el caso re-
    quiera.
    
       Por ello, y en uso de las atribuciones gubernativas otor-
    gadas por el Poder Ejecutivo Nacinal mediante Decretos Nros.
    103 y 104 de fecha 15 de enero de 1991,
    
                       EL INTERVENTOR FEDERAL
                 SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
                            
                               L E Y :
       
       Artículo 1º.- Exceptúase, al  personal  de  la  DIRECCION
    PROVINCIAL DE  DEPORTES, TURISMO  SOCIAL Y  RECREACION, com-
    prendido dentro de los términos del Decreto Acuerdo  nº 188/
    21.(STD) de fecha 16 de agosto de 1989, de las disposiciones
    contenidas en el artículo 60 de la Ley nº 6.071.
    
       Art. 2º.- Facúltase al Poder Ejecutivo a  dictar los ins-
    trumentos legales  pertinentes, a fin de  regularizar la si-
    tuación creada con motivo de no haberse dictado oportunamen-
    te el decreto acuerdo  de Insistencia, correspondiente  a la
    observación efectuada por el H. Tribunal de Cuentas, median-
    te Resolución nº 932 del 12 de diciembre de 1989, al Decreto
    Acuerdo nº 188/21 (STD) del 16/08/89, de acuerdo a  lo esta-
    blecido por el artículo 134 de la Ley de Contabilidad.
    
       Art. 3º.- Téngase  por Ley  de la Provincia, comuníquese,
    publíquese en el Boletín Oficial y archívese en  el Registro
    Oficial de Leyes y Decretos.-
    

  • Relaciones

    Caducada por Ley 8153

  • Resumen

    EXCEPTÚA AL PERSONAL DE LA DIRECCIÓN DE DEPORTES, TURISMO Y RECREACIÓN DE LAS DISPOSICIONES DE LA LEY 6071.

  • Observaciones