* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de
Tucumán, sancionan con fuerza de
L E Y:
Artículo 1º.- Autorízase al Poder Ejecutivo para efectuar
el cobro de la Contribución Territorial correspondiente al
presente año, en todo el territorio de la Provincia, por los
padrones hechos en mil ochocientos ochenta y nueve, con una
rebaja del 15 %, de acuerdo con la Ley de Contribución Di-
recta dictada por las HH. Cámaras en dicho año.
Art.2º.- El cobro de estos impuestos se efectuará en toda
la Provincia por los Receptores respectivos, de conformidad
a la ley vigente antes citada.
Art.3º.- Esta ley regirá en el presente año.
Dada en la Sala de Sesiones de la HH. Cámaras Legislati-
vas, a veintisiete de Agosto de mil ochocientos noventa y
uno.