• Detalle de Ley

    Ley N°: 6097
    Tipo: GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: ECONOMICO - PUBLICO MUNICIPAL Y COMUNAL
    Sancionada: 18/03/1991
    Promulgada: 18/03/1991
    Publicada: 21/03/1991
    Boletin Of. N°: 22476

  • Texto
  • * CADUCA *
    
       Visto los  Decretos del Poder Ejecutivo Nacional Nº 103 y
    Nº  104 de fecha 15 de enero de 1991;
    
                       EL INTERVENTOR FEDERAL
                 SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
    
                               L E Y :
    
       Artículo 1º.-  Facúltase  al  Poder Ejecutivo a otorgar a
    las   Comunas  Rurales  de  la  Provincia  los  Anticipos  y
    Préstamos que  se  mencionan en los artículos 1º al 4º de la
    Ley Nº 5.674.
    
       Art. 2º.- La presente Ley entrará en vigencia a partir de
    la  fecha de su promulgación.
    
       Art. 3º.-  Téngase  por Ley de la Provincia, comuníquese,
    publíquese en  el BOLETIN OFICIAL y archívese en el Registro
    Oficial de Leyes y Decretos.
    

  • Relaciones

    Caducada por Ley 8153

  • Resumen

    FACULTA AL PODER EJECUTIVO A OTORGAR A LAS COMUNAS RURALES
    DE LA PROVINCIA LOS ANTICIPOS Y PRESTAMOS QUE SE MENCIONAN
    EN LOS ARTICULOS 1° AL 4° DE LA LEY N° 5674.

  • Observaciones