• Detalle de Ley

    Ley N°: 5999
    Tipo: NO GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: NO GENERALES
    Sancionada: 17/11/1989
    Promulgada: 20/12/1989
    Publicada: 10/01/1990
    Boletin Of. N°: 22179

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       El Senado y la Cámara de Diputados de la Provincia de Tu-
    cumán, sancionan con fuerza de
    
                               L E Y :
    
       Artículo 1º.- Autorízase  al Poder  Ejecutivo  a donar al
    Sindicato  Concepción de  Trabajadores  de Obras  Sanitarias
    Personería Gremial Nº 1275, el inmueble de propiedad del Su-
    perior Gobierno de la Provincia, ubicado  en El  Mollar, ac-
    tual departamento Tafí, y con las siguientes  medidas y lin-
    deros: al Norte 161,60 mts. con Superior Gobierno de la Pro-
    vincia;  al Sur, linea  quebrada de 131,40 mts.; 29,17 mts.;
    30,50 mts.; con  camino; al Este,  64,80 mts., con  Superior
    Gobierno  de  la  Provincia y  al Oeste, linea  quebrada  de
    10,00 mts., 77,21 mts.  y 74,92 mts. con  Mutual  Provincial
    calle de por medio; integrando una superficie  de 19981,6544
    m2. Identificada la mayor extensión con la siguiente  nomen-
    clatura  catastral:  Circunscripción III,  Sección D, Lámina
    20,  Parcela 116-50, Padrón 483137,  Matrícula 35234,  orden
    425; e inscripto en Registro Inmobiliario en la mayor exten-
    sión de la Matrícula Registral T - 05424.
    
       Art. 2º.- La fracción  donada será  destinada a  la cons-
    trucción de la  Colonia de  Vacaciones del Sindicato Concep-
    ción  de Trabajadores de  Obras Sanitarias, debiendo iniciar
    las obras en el plazo de un (1) año, y concluirla en el tér-
    mino de cinco (5) años.
    
       Art. 3º.- La donataria no podrá transferir a título  gra-
    tuito u oneroso al inmueble  donado, ni cederlo total o par-
    cialmente ni  gravarlo con derechos reales, ni  desafectarlo
    de los  fines que motiven  la donación. La falta  de cumpli-
    miento de  cualquiera de estas  condiciones o de  los plazos
    establecidos por el  artículo 2º, producirá ipso-iure la ca-
    ducidad de la donación, reintegrándose al inmueble al patri-
    monio de la  Provincia, con  las mejoras  que se  le hubiere
    producido.
    
       Art. 4º.- Comuníquese.
    
       Dada en la sala de sesiones  de la Honorable  Legislatura
    de la Provincia  de Tucumán, a los  diecisiete días  del mes
    de Novienbre de mil novecientos ochenta y nueve.
    

  • Relaciones

    Caducada por Ley 8240

  • Resumen

    AUTORIZA AL PODER EJECUTIVO A DONAR AL SINDICATO CONCEPCIÓN DE TRABAJADORES DE OBRAS SANITARIAS,EL INMUEBLE DE PROPIEDAD DEL SUPERIOR GOBIERNO DE LA PROVINCIA, UBICADO EN EL MOLLAR, DESTINADA A LA CONSTRUCCIÓN DE LA COLONIA DE VACACIONES DE DICHO SINDICATO.

  • Observaciones

    -DCTO.4379/4-SGPS-2004-B.O.20-01-05
    DEJA SIN EFECTO LA DONACION